SIN INFORMACION

HURTADO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Comparecen los abogados Daniella Alessandra Brondi Salvo, Javier Ignacio Hernández Trejo y Tomás Pedro Greene Pinochet, en favor de doña Nancy Carmenza Hurtado Hurtado, de nacionalidad colombiana e interponen recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por no dar respuesta concreta y oportuna a la solicitudes de reconsideración, reposición y jerárquico en subsidio deducidas en virtud del rechazo de regularización extraordinaria de permanencia, presentada por la recurrente ante la referida autoridad, vulnerando con dicha omisión su derecho constitucional de igualdad ante la ley, derecho establecido y garantizado por el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, Indica que fecha que en consideración a que la Resolución Exenta N° 1965 de 9 de abril de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dispuso un proceso de regularización extraordinaria dirigida – entre otros supuestos – a los extranjeros que hubieran ingresado de forma irregular al país, eludiendo el control migratorio hasta el día 8 de abril de 2018 y que doña Nancy cumplía con todos los requisitos para que le otorgaran el permiso de residencia, se inscribió en el mismo, pero intentó varias veces “subir” el certificado de antecedentes penales a la página web asignada, siendo infructuoso. En el mes de junio de 2019 se acercó a dependencias del Departamento de Extranjería y se le indicó que su regularización se encontraba rechazada por no adjuntar el certificado de antecedentes penales, pero nunca se le notificó de manera formal que debía adjuntar el certificado. En virtud del rechazo a la regularización migratoria y al evidente perjuicio que esto significa, en el mes de octubre de 2019, doña Nancy solicitó reconsideración de la Resolución Exenta N° 129494 del 16 de mayo de 2019 según el artículo 142 bis del Decreto Ley 1094; Suspensión de los efectos del acto, reposición y recurso Jerárquico en subsidio, del que no ha tenido respuesta a la fecha. Pide se ordene a la recurrida dar respuesta a los recursos presentados por la recurrente. Segundo: Que se ordenó agregar el informe evacuado por la recurrida en el Ingreso Corte 9283-2021, en el cual solicita el rechazo de la acción de protección en virtud de que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Refiere que el recurso de reposición de la recurrente fue acogido por dicho Servicio y, mediante la Resolución Exenta N° 33.356 de fecha 15 de marzo de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración y se le otorgó visación temporaria por el plazo de un año, el presente recurso ha perdido oportunidad, en atenció

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido en favor de doña Nancy Carmenza Hurtado Hurtado, en contra de Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-37453-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 33, 34, 35 y 36: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Comparecen los abogados Daniella Alessandra Brondi Salvo, Javier Ignacio Hernández Trejo y Tomás Pedro Greene Pinochet, en favor de doña Nancy Carmenza Hurtado Hurtado, de nacionalidad colombiana e interponen recurso de protección en contra del

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