C/ JHON RAINBI GUZMAN ZEGARRA
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que del mérito de los antecedentes que se han puesto en conocimiento de esta Corte, se concluye que ciertamente no han variado las circunstancias que en su oportunidad motivaron al órgano jurisdiccional a sustentar la medida cautelar personal dispuesta en contra del imputado Jhon Rainbi Guzmán Zegarra en el peligro para la seguridad de la sociedad. En efecto, el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa son suficientes para justificar, por ahora, la concurrencia de todos los elementos de los delitos por los cuales fue formalizado y la participación que en ellos le correspondió, lo que fue zanjado por esta Corte, con fecha 16 agosto de este año, sin que esta decisión aparezca aminorada con algún nuevo dato allegado a la investigación. Así las cosas, no se encuentran suficientemente desvirtuados los antecedentes que previamente permitieron a la judicatura concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, que solo puede ser resguardada debidamente mediante su correspondiente prisión preventiva, dado que justifica la necesidad de cautela la naturaleza y cantidad de los ilícitos que se le imputan; el valor de los bienes jurídicos protegidos; sus antecedentes penales pretéritos que hacen prever un riesgo de comisión de nuevos delitos; la forma de cumplimento de pena que arriesga -efectiva-; y especialmente el hecho de que se encuentra fijada en el proceso audiencia para llevar a cabo un procedimiento abreviado para el 23 de noviembre próximo. Por estas consideraciones y conforme a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 10 de noviembre recién pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en los autos RIT N° 8.610-2022, que sustituyó la prisión preventiva de Jhon Rainbi Guzmán Zegarra por arresto domiciliario parcial, firma semanal y arraigo nacional; y en su lugar se dispone que ella se mantiene. Devuélvanse l
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 10 de noviembre recién pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en los autos RIT N° 8.610-2022, que sustituyó la prisión preventiva de Jhon Rainbi Guzmán Zegarra por arresto domiciliario parcial, firma semanal y arraigo nacional; y en su lugar se dispone que ella se mantiene. Devuélvanse los antecedentes. Rol N° 5.144-2022.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, once de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-5144-2022 Ruc: 2200754670-3 Rit : O-8610-2022 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y el Abogado Integrante señor Joel Arturo Gonzalez Castillo Relatora: Jessica Zú
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