SERAMEAU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 8 de septiembre de 2022, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Sadrac Serameau, haitiano, domiciliado en Club Hípico 4676, piso 7 B, Pedro Aguirre Cerda, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no resolver su solicitud de permanencia definitiva. Expone que, cumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios, solicitó ante el Servicio Nacional de Migraciones, en ese entonces Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, la permanencia definitiva. La solicitud lleva por número 9857081, de acuerdo con el Folio 8136849 de 31 de agosto de 2020. Agrega que su solicitud se encuentra sin movimiento, habiendo postulado junto a su cuñada y su suegra, quienes llevan aproximadamente un 48% de avance, por lo que de continuar a esta velocidad su residencia definitiva le será entregada en 2024. Señala que la demora genera las preocupaciones propias de no tener un acto administrativo terminal que le permita tener la seguridad absoluta de su residencia, o le permita conocer el estado para postular nuevamente. No ha podido renovar cédula de identidad, con lo que se complejiza la realización de trámites laborales, notariales, médicos, bancarios, entre otros, en que normalmente se solicita acreditar identidad y/o situación migratoria. Por otra parte, en caso de haber sido rechazada su solicitud, no ha tenido conocimiento de la resolución que le permita recurrir o presentar una nueva solicitud para poder obtener una cédula de identidad. Cita el artículo 4° de la Ley 19.880, sosteniendo que se ha infringido el principio de celeridad. Invoca como vulnerado el derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al haberse otorgado permanencias definitivas a otros extranjeros en menor tiempo. Previas citas legales y jurisprudenciales, solicita se ordene al recurrido dar cur
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Sadrac Serameau en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº 21.295-2022-Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 8 de septiembre de 2022, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Sadrac Serameau, haitiano, domiciliado en Club Hípico 4676, piso 7 B, Pedro Aguirre Cerda, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por no resolver su solicitud d
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