SIN INFORMACION

CÁNEPA/SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Renzo Enrique Cánepa Gutiérrez, por si, y deduce recurso de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, representada por doña Paula Labra Besserer, SEREMI, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el sumario sanitario llevado en su contra que culminó con la dictación de la Resolución Exenta N° 21133227 de 23 de marzo del año en curso, que le impuso el pago de una multa de 50 U.T.M., por incumplimiento de las instrucciones impartidas por la autoridad sanitaria en el contexto de la emergencia sanitaria producto del COVID 19, lo que estima vulnera sus garantías contusiónales contempladas en los N° 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es, la igualdad ante la ley y su derecho de propiedad, por lo que pide a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se ordene a la recurrida le permita efectuar descargos en el sumario sanitario o bien, entendiendo como suficiente los descargos efectuados y de plano se deje sin efecto el sumario indicado, arbitrando las medidas pertinentes para restablecer el imperio del derecho. En cuanto a los hechos señala que en circunstancias de encontrarse viajando por razones laborales el 13 de julio de 2020 desde Quillota hacia Mallarauco, hacia la Exportadora y Servicios El Parque SpA, en su calidad de ingeniero agrónomo, fue controlado en la Tenencia Bollenar, iniciándose un sumario sanitario en su contra por incumplir las medidas sanitarias de cuarentena, sin poder presentar ante la autoridad los documentos respectivos como declaración jurada que no puedo obtener por tener problemas de carga en su teléfono y el salvoconducto que si tenía. Que en razón de aquella medida, en definitiva, fue sancionado a pagar una multa de 50 U.T.M., estimando que no pudo realizar sus descargos respectivos, para evitar esa sanción, lo que estima es una abierta desigualdad al no poder ejercer su derecho a defensa como en otr

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso deducido en estos autos. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección Nº 9266-2021

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Renzo Enrique Cánepa Gutiérrez, por si, y deduce recurso de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, representada por doña Paula Labra Besserer, SEREMI, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el sumario sanitario llevado en su contra que culm

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica