CARABINEROS DE CHILE C/ JOSE FERNANDO NAVARRETE AGUILERA
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2022
Materia
TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que hay elementos suficientes en este estadio procesal para tener por justificada la existencia de los delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, los que constituyen presunción fundada de su participación; y que en cuanto a la necesidad de cautela, dado el número de los delitos, su carácter, la pena asignada y la calidad de funcionario público que ostenta el imputado, la medida cautelar en debate resulta idónea, necesaria y proporcional, razón por la que SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de noviembre de dos mil veintidós, del Juzgado de Garantía de Angol que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado CARLOS EDUARDO MUÑOZ SOLÍS, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-1002-2022 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, once de noviembre de dos mil veintidós. A lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que hay elementos suficientes en este estadio procesal para tener por justificada la existencia de los delitos por los cuales ha sido formalizado
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