SAINTUS Y OTRO /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien en favor de Alexis Giovanny Castañeda, venezolano, y Dieuline Saintus, haitiana, todos domiciliados para estos efectos en Cerro Moreno #8650, Comuna De La Granja; presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre sus peticiones de permanencia definitiva solicitadas el 2 de abril de 2021 y el 12 de mayo de 2021, respectivamente; lo que califican como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a las solicitudes de permanencia definitiva de los recurrentes otorgándoles tal calidad migratoria. Segundo: Que informó Nicolás Cornejo Montenegro, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indica respecto a Alexis Giovanny Castañeda que solicitó el 2 de abril de 2021 su permiso de permanencia definitiva el que conforme la Resolución Exenta N° 21402383, de 9 de diciembre de 2021 se encuentra en etapa de “Análisis Intermedio”, lo que incluye: a) análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, espe
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se omite pronunciamiento respecto del recurso de protección deducido en favor de favor de Alexis Giovanny Castañeda y Dieuline Saintus en contra del Departamento de Extranjería y Migración, actual Servicio Nacional de Migraciones, sin perjuicio de la posibilidad de plantear separadamente sus pretensiones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°21.380-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien en favor de Alexis Giovanny Castañeda, venezolano, y Dieuline Saintus, haitiana, todos domiciliados para estos efectos en Cerro Moreno #8650, Comuna De La Granja; presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente d
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