COMERCIAL CARMEN/COMERCIAL MOTORES
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho en que se apoya. 2° Que la apelación de treinta de mayo del año en curso, carece de dichos fundamentos, que sustenten la peticiones que el presente arbitrio contiene, por cuanto el mismo se limita a formular los puntos de prueba cuya adición solicita, sin explicar en forma alguna y en el caso en concreto, los argumentos que darían cuenta que éstos revisten el carácter de hechos substanciales y pertinentes, que justifique su incorporación a la interlocutoria de prueba, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado, con fecha treinta de mayo del año en curso, en contra de la resolución de nueve de febrero del mismo año. Devuélvase. N°Civil-15652-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, catorce de noviembre de dos mil veintidós. A los folios N°s 5 y 7: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener los fundamentos de hecho y derecho en que se apoya. 2° Que la apelación de treinta de mayo del año en curso, carece de dic
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