GLORIA ANGÉLICA CASTILLO SOTO/ CGE
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la recurrente impugna cobros que estima improcedentes y excesivos que particularmente corresponden a los meses de enero y febrero del año en curso y, habiéndose interpuesto el recurso de protección el nueve de noviembre último, lo ha sido transcurrido con creces el término de treinta días corridos que el Auto Acordado prevé, siendo por ello extemporáneo, a lo que debe sumarse que este arbitrio cautelar y de excepción no es la vía para resolver la controversia, porque existe reclamación especial en el artículo 19 de la Ley N° 18410, en la que debería determinarse la forma de cálculo del consumo eléctrico para efectos de su cobro, circunstancia que, además, impide considerar como indubitados los derechos que se alegan conculcados y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto a al inicio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-153486-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto a al inicio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-153486-2022.
Texto Completo (Preview)
Hog. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veintidós. Proveyendo a folio 1 “ingreso recurso”: A todo: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la recurrente impugna cobros que estima improcedentes y excesivos que particularmente corresponden a los meses de enero y febrero del año en curso y, habiéndose interpuesto el recurso de protección el nueve de n
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