1º JUZGADO POLICIA LOCAL DE ÑUÑOA

ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A/

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que si bien el daño moral sufrido por el demandante se encuentra acreditado como consecuencia de las acciones y omisiones de las demandadas Entel PCS y Banco Estado, no se observa razón que justifique diferenciar los montos que cada una debe solventar y que además la cifra que a juicio de este tribunal compensa dicho perjuicio no es superior a $2.000.000 por cada una de las condenadas. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de nueve de marzo del año dos mil veinte, dictada por el 1° Juzgado de Policía Local de Ñuñoa, con las siguientes declaraciones: a) Que se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral que deben pagar Entel PCS Telecomunicaciones y Banco Estado de Chile al demandante a la suma de $2.000.000.- (dos millones de pesos) que cada uno de los condenados deberá pagar al actor. b) Que se reduce el monto de la multa impuesta a Entel PCS Telecomunicaciones a diez Unidades Tributarias Mensuales. Regístrese y devuélvase. N° 1448-2020-Policía Local.

Texto Completo (Preview)

Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados don Camilo del Fierro Acevedo, Felipe González y don Alejandro Traujtmann por y contra el recurso. Santiago, 10 de noviembre de 2022. Santiago, diez de noviembre de dos mil veintidós. A los escritos folios N°s 27, 28, 29, 30 y 31: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Que si bien el daño moral sufrido por el demandante se

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