CARMONA/ISAPRE BANMÉDICA S.A.
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Rodrigo Torres Jurado, actuando por doña Pamela Ángela Carmona Alvear, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario en que, a su juicio, ha incurrido, al aplicar un precio improcedente a su plan de salud utilizando una tabla de factores ilegal, arbitraria y discriminatoria en razón de edad y sexo actualmente derogada, vulnerando las garantías contempladas en el artículo 19 N° 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Para fundar su recurso, señala que la recurrente se encuentra contractualmente vinculada a la Isapre Banmédica S.A. a través de un contrato de salud, respecto del cual y para determinar el precio la recurrida multiplica un factor de 2.95 sólo en razón de edad y sexo, por lo que resulta discriminatorio el proceder de la mencionada Isapre. Respecto de la tabla de factores ya mencionada, explica que la Isapre recurrida incurre en un acto ilegal y arbitrario y por sobre todo discriminatorio, por cuanto dicha tabla se encuentra derogada. Al efecto, refiere que la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en causa ROL N° 1710-10-INC, publicada en el Diario Oficial de fecha 9 de agosto de 2010, declaró la inconstitucionalidad, y en consecuencia, derogó los numerales 1 a 4 del inciso tercero del artículo 38 ter de la Ley 18.933 (actual artículo 199 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2006, del Ministerio de Salud). Dichas normas eran las que facultaban a las Isapres para aplicar tabla de factores de edad y sexo, a fin de determinar el valor de los contratos de salud de sus beneficiarios. En definitiva, luego de citar las normas que avalan su postura e individualizar las garantías que considera conculcadas, solicita que se declare por esta Corte que la Isapre recurrida ha actuado de forma ilegal y arbitraria y que deje sin efecto la aplicación del factor mencionado en el precio de su plan de salud, con costas; Segundo: Que, info
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara: I.- Que se rechaza la acción deducida por doña Pamela Ángela Carmona Alvear, en contra de Isapre Banmédica S.A. II.- Que no se condena en costas a la parte recurrente. Regístrese y comuníquese. Protección N°13335-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Rodrigo Torres Jurado, actuando por doña Pamela Ángela Carmona Alvear, e interpone recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario en que, a su juicio, ha incurrido, al aplicar un precio improcedente a su plan de salud utilizando una ta
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