SIN INFORMACION

JACQUELINE TEODORA CASTRO LINARES/MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Claudia Beatriz Loman deduciendo recurso de amparo preventivo en favor de la ciudadana peruana Jacqueline Teodora Castro Linares, domiciliada en calle herrera Nº1263, Santiago, en contra del Servicio Nacional de Identidad de la Subsecretaría del Ministerio del Interior (sic), por el acto ilegal y arbitrario contenido en la Resolución Exenta Nº74513 de 30 de agosto de 2022 que rechazó su solicitud de visa temporal ordenando su abandono del país dentro de 30 días contados desde la notificación de dicho acto. Sostiene que la persona en cuyo favor recurre se encuentra trabajando en nuestro país con la intención de asentarse, por lo que formuló solicitud de residencia temporal el 4 de marzo de 2022. Dicha petición fue rechazada a través del acto que se impugna, ordenándose, además, su abandono del país. Indica que el actuar de la recurrida vulnera los derechos de la recurrente, conforme lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Pide acoger la acción constitucional deducida, dejando sin efecto la Resolución Exenta Nº22442779 de 12 de octubre de 2022 (sic) que rechazó su solicitud de regularización y ordenó su abandono del país, ordenando a la recurrida otorgar la visa solicitada. Segundo: Que comparece don Julián Salviat Silva en representación del Servicio Nacional de Migraciones quien informa al tenor del recurso solicitando su rechazo. Explica que la recurrente ingresó al país el 12 de febrero de 2022 como titular de un permiso de residencia transitoria. Añade que la extranjera solicitó el 4 de marzo de los corrientes un permiso de residencia temporal, el que fue declarado inadmisible el pasado 30 de agosto mediante la Resolución Exenta Nº74513 ya que al ser titular de un permiso de residencia temporaria no puede solicitar un permiso de residencia temporal en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Nº21.325, disponiéndose que abandonara el país en el plazo de 3

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jacqueline Teodora Castro Linares. Regístrese y archívese en su oportunidad Nº 722-2022 Amparo

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso de amparo la abogado doña Paula Díaz Miranda, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 09:13 horas y terminó a las 09:22 horas. San Miguel, 10 de noviembre de 2022. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, diez de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 10 y 11: A todo, téngase presente. Vistos y tenien

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