2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL RIO TRILALEO LTDA. CON FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que, el abogado Rodrigo Escudero Bascuñán obrando en representación de la sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal Río Trilaleo Ltda. ha interpuesto recurso de apelación en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, que resolvió rechazar la reclamación sobre aumento de la superficie expropiada, relacionada con el Lote 42 del predio que singulariza, ubicado en la comuna de Negrete, hipótesis contemplada en el artículo 9 letras b) y c) del D.L.2186. Afirma, que el Fisco de Chile resolvió expropiar parcialmente un terreno de propiedad de la sociedad agrícola ganadera y forestal que representa, con el objeto de ejecutar la obra “Mejoramiento Ruta Nahuelbuta, Subsector Variante Coihue”; Lo expropiado alcanzó una superficie de 52.546 metros cuadrados, denominado Lote 42, Rol 73-46, el que pertenecía al resto de la Parcela Tres del proyecto de Parcelación La Capilla, ubicado en la comuna de Negrete. En tanto que, el predio cuya expropiación ahora se solicita, denominado Lote 42 -1 que también forma parte del Rol 73-46, se ubica al Oriente y presenta una superficie de 84.366,2 metros cuadrados. Insertó en el recurso de apelación, un plano que muestra achurado en color verde la superficie expropiada y en color rojo, la superficie que pide sea, además, expropiada. Aduce que el trazado de la expropiación dividió el predio en dos porciones: La primera porción (no expropiada) que se ubica al Poniente del Lote 42 expropiado, actualmente plantada con Nogales, que no obstante de verse perjudicada por la expropiación parcial y trazado del lote 42, se puede seguir trabajando dado que esa porción accede al resto del predio de modo tal que no queda aislada. Y la segunda porción no expropiada, Lote 42-1 ubicada al Oriente del Lote 42 expropiado, que denomina Lote 42-1 Demasía, (marcada en color rojo en el plano aludido), consta de 84.366,2 metros cuadrados, se encuentra plantada con nogales en producción, queda separad

Fundamentos

considerando las características del inmueble, esto es, de forma irregular, topografía plana, con buenos suelos para la agricultura clasificados como capacidad de uso de riego. Y destaca, que la declaración del testigo Patricio Fuentes Escobar que elaboró el peritaje presentado por la reclamante, no desvirtuó lo establecido precedentemente. Estableció también el tribunal, que la demás prueba documental aportada por el reclamante, en nada alteran las conclusiones antes señaladas, porque no se refieren a las circunstancias contempladas en la letra b) del artículo 9 del DL 2186. En efecto, la referida documental consistió en: Copia del Decreto Supremo del MOP de 24 de noviembre de 2020 que expropió el Lote 42, Rol N° 73-46 de la comuna de Negrete; Copia de inscripción de Dominio de fs. 187, N° 161 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nacimiento del año 2019; Copia del Informe de Tasación de la Comisión del Lote 42; Plano confeccionado por su parte sobre la base del elaborado por el MOP donde se identifica el lote 42 expropiado y el lote 42-1 o demasía que se solicita expropiar adicionalmente; Copia del certificado de Avalúo Fiscal del inmueble expropiado Rol 73-46, comuna de Negrete; Copia de escritura pública de Constitución de sociedad de fecha 11 de Mayo de 2005 otorgada ante el Notario y Conservador de Bienes Raíces de Yungay de año 2005 don Marcelo Riesco Vega, Repertorio 395 de 2005; Copia de inscripción en el Registro de Comercio de fojas 5 N° 5 del Conservador de Bienes Raíces de Yungay del año 2005; Copia de su extracto y publicación en el Diario oficial de fecha 18 de mayo de 2005; Copia de escritura pública de fecha 8 de Marzo de 2012 otorgada ante el notario de Santiago don René Benavente Cash en que se designa a la sociedad Inversiones Nuevo Horizonte SA como administradora de la sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal Río Trilaleo Limitada; Escritura pública de fecha 28 de febrero de 2017, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna;l) Escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica; Copia de inscripción de fs. 187, N° 161 del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nacimiento del año 2019; Decreto Supremo Exento MOP N° 1300, de 24 de noviembre de 2020, publicado en el Diario Oficial el 15 de Diciembre de 2020, se expropió el Lote de terreno Nº51, del Rol 73-461 de la comuna de Negrete, para la obra Mejoramiento Ruta Nahuelbuta Sector A Subsector Variante Coihue; Boleta de consignación en el rol V-243-20, del 2° Juzgado Civil de Concepción; Boleta de consignación en el rol V-241-20, del 2° Juzgado Civil de Concepción; Copia del Decreto MOP Nº 1300; Boleta de consignación en el rol V-237-20, del 3° Juzgado Civil de Concepción, respecto del lote 51; Comunicación EXP: N°014 de 18 de enero de 2021 del Departamento de Expropiaciones Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, dirigida a Agrí

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9° del Decreto Ley N° 2.186; artículos 186, 680 y 691 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la sentencia dictada el dos de diciembre último, por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, en la causa Rol C- 457 -2021 del ingreso de dicho tribunal. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Redacción de la ministra Valentina Salvo Oviedo. No firma el abogado integrante señor Waldo Ortega Jarpa, quien concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. Rol N° 766 -2022 CIVIL.

Texto Completo (Preview)

Concepción, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que, el abogado Rodrigo Escudero Bascuñán obrando en representación de la sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal Río Trilaleo Ltda. ha interpuesto recurso de apelación en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, que resolvió rechazar la reclamación sobre aumento de la superfi

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