ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos: Y se tiene, además, presente: Primero: Que del mérito de los antecedentes se puede apreciar que con fecha 12 de abril del año 2010, consta haberse practicado en la causa liquidación de deuda por concepto de pensiones alimenticias por $17.195.919, no constando su pago. Que si bien y como razona el tribunal, efectivamente las alimentarias alcanzaron la mayoría de edad, no es menos cierto que son éstas quienes deben pronunciarse manifestando haber sido pagada la deuda, si condonan la misma, o si hacen valer lo que en derecho corresponda. Segundo: Que, en consecuencia, la exigencia del tribunal a la tercerista respecto a emplazar a...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Y se tiene, además, presente: Primero: Que del mérito de los antecedentes se puede apreciar que con fecha 12 de abril del año 2010, consta haberse practicado en la causa liquidación de deuda por concepto de pensiones alimenticias por $17.195.919, no constando su pago. Que si bien y como razona el tribunal, efectivamente la
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