SIN INFORMACION

ROLANDO ANTONIO ROJAS VASQUEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece la abogada Linda Catalán Appelgren, en favor de ROLANDO ANTONIO ROJAS VASQUEZ, Rut 18.370.808-2, recluido en CP La Serena- Huachalalume, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en octubre de 2022, correspondiente a la I. Corte de Apelaciones de La Serena y que conociendo de esta acción, la acoja y en definitiva restablezca el imperio del derecho, disponiendo se modifique la resolución citada y, se decrete conceder de manera inmediata la Libertad Condicional a su representado. Expresa que el señor Rojas Vásquez se encuentra cumpliendo la condena de 5 años y 1 día por el delito de Tráfico: Inicio: 27 agosto de 2019; Término: 28 de agosto de 2024; que cumple con su tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional el 28 de diciembre de 2022; que cumple con el requisito de conducta pues en los últimos 4 bimestres ha sido calificado con conducta MB. Añade que la Comisión de Libertad Condicional sesionó en octubre del año 2022 rechazando la solicitud del Beneficio de Libertad Condicional Como antecedentes de derecho y la procedencia del recurso cita el artículo 21 inciso 1° de la Constitución Política, agregando que el amparo constitucional deducido viene es el medio idóneo en este caso concreto, pues su representado se encuentra privado de libertad con infracción a lo dispuesto por el D.L. 321 sobre Libertad Condicional modificado por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019 y en contra del DS 338 que contiene el Reglamento de Libertad Condicional. Añade que la resolución que rechaza el Beneficio de Libertad Condicional es un acto ilegal, pues contraviene lo expresado en dichos cuerpos normativos. Argumenta que el rechazo del beneficio de Libertad Condicional por parte de la Comisión que se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores constituye un acto arbitrario, pues no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente porque esos aspectos llevan a inclinarse que deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional, pues justamente con la modificación introducida al DL 321 por la Ley 21124, se innovó incorporando el elemento de supervisión y tratamiento a fin de trabajar los aspectos negativos, pero en un ambiente de libertad y con mejores posibilidades de reinserción social. Añade que el amparado cumple con el requisito de tiempo mínimo y de conducta intachable durante los últimos 4 bimestres. El amparado fue rechazado por informe psicosocial desfavorable. Expone que no se ha evaluado correctamente sus avances y así dar estricto cumplimiento a lo expresado en el artículo 1º del DL Nº 321. Por lo tanto, si un condenado cumple con el requisito de tiempo mínimo y de conducta, resulta de toda lógica que para realizar el informe psicosocial que exige el Nº 3 del artículo 2 del DL Nº

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de ROLANDO ANTONIO ROJAS VÁSQUEZ, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 430-2022 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Rojas Vásquez, Rolando Antonio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº430-2022.- vista conjunta y simultanea Rol N°431-2022. La Serena, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparece la abogada Linda Catalán Appelgren, en favor de ROLANDO ANTONIO ROJAS VASQUEZ, Rut 18.370.808-2, recluido en CP La Serena- Huachalalume, e interpone acción con

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