ESCUELA CULINARIA FRANCESA S.A C/ FERNANDA ELIANA GONZALEZ RIFO
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2022
Materia
GIRO DOL CHEQ (FAL FOND) AC. PENAL PRIV. ART. 22. DFL 707
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos: Conforme a la constancia del señor Relator, ministro de fe para estos efectos, registrada en el audio, disponible al efecto, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso segundo del Código Procesal Penal se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto por el abogado Julio Bannura Guzmán, en contra de la resolución dictada con fecha siete de septiembre de dos mil veintidós, por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese. Devuélvase la competencia. Ruc: 2210036492-5 Rit : 1-4837-2022 N°Penal-4285-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señor Juan Manuel Muñoz Pardo, señora Paola Danai Hasbun Mancilla y el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto por el abogado Julio Bannura Guzmán, en contra de la resolución dictada con fecha siete de septiembre de dos mil veintidós, por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese. Devuélvase la competencia. Ruc: 2210036492-5 Rit : 1-4837-2022 N°Penal-4285-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señor Juan Manuel Muñoz Pardo, señora Paola Danai Hasbun Mancilla y el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-4285-2022 Ruc: 2210036492-5 Rit : 1-4837-2022 Juzgado: 4° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Integrantes: Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, Ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla y Ministro suplente señor Carlos Escobar Salazar, Relator: Felipe González Digitadora: Cristina Ga
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica