MOLINA MARCHANT CON HIPERMERCADO LIDER LTDA
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2022
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO. Que con fecha 19 de enero de 2022 se dictó sentencia definitiva de primera instancia, en cuya virtud se acogió tanto la querella por infracción a la ley No 19.496 sobre Protección a los Derechos de los Consumidores como la demanda de indemnización de perjuicios, ambas interpuestas por don Luis Hugo Molina Marchant en contra de Hipermercado Líder Ltda. Que los
Fundamentos
fundamentos por las cuales se acogieron ambas acciones fueron, por un lado, la infracción a lo dispuesto en el artículo 15 de la ley No 19.496 y, por el otro, el daño moral producido como consecuencia de los hechos, constituido por la privación de libertad que sufrió el actor en dependencias de la demandada luego de haber sido acusado de un delito del cual fue absuelto en causa Ruc. No 20-0-0226521-5, Rit. No 1436-2020, del Juzgado de Garantía de La Serena. En contra de dicha sentencia definitiva se interpuso un recurso de apelación por parte del abogado don Rodrigo Ignacio Alcayaga Guerrero, actuando en representación de la demandada, a fin de que este Tribunal de Alzada revoque el
Fallo
fallo de primera instancia y proceda a rechazar la querella infraccional y la demanda civil interpuestas o, en subsidio, que se rebajen las multas e indemnizaciones a las que fue condenada su representada. SEGUNDO. Que el litigio materia de este pronunciamiento tiene como fundamento lo acontecido en el supermercado Líder ubicado en calle Regimiento Arica esquina Balmaceda, de la ciudad de Coquimbo, lugar donde el actor se dispuso a comprar 60 bebidas, para luego ser aprehendido por guardias y personal del referido supermercado, quienes lo acusaron de un hurto, procediendo a encerrarlo en una habitación del local con el fin de ponerlo a disposición de la fuerza policial. TERCERO. Que la razón que esgrime el apelante para recurrir de la sentencia definitiva dice relación con que, en cuanto a la querella infraccional, la juez a quo no habría ponderado debidamente la prueba rendida por su parte, además de que el actor no tendría legitimación activa para haber deducido la acción, ya que quien efectuó la compra fue la persona jurídica “Molmac Ltda.” En cuanto a la acción civil, subsidiariamente, señaló que el monto indemnizatorio por daño moral debe ser rebajado prudencialmente porque el detrimento experimentado no se condice con el monto al cual fue condenada su representada. CUARTO. Que, al respecto, cabe mencionar que la ley No 19.496 consagra un estatuto especial de Protección a los Derechos de los Consumidores, consistente en un conjunto de normas y principios que estructur
Texto Completo (Preview)
Molina Marchant, Luis Hugo Hipermercado Líder Limitada Infracción Ley de Consumidor Rol 97-2022. (4483-2021 del Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo).- La Serena, nueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO. Que con fecha 19 de enero de 2022 se dictó sentencia definitiva de primera instancia, en cuya virtud se acogió tanto la querella por infracción
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