TAIBA/ALUDIM SPA
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2022
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veintidós de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-5837-2020, caratulados “Taiba con Aludim SpA” se acogió parcialmente la demanda en contra de la demandada Sociedad Aludim, declarando que existió una relación laboral con el demandante entre el 25 de febrero y el 17 de marzo de 2020. Asimismo, declaró que el despido fue injustificado y ordenó el pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo, feriado proporcional, y pago de 17 días trabajados, además de las cotizaciones morosas por esos 17 días. Rechazó la acción contra la demandada solidaria Inmobiliaria Castro por no existir régimen de subcontratación y contra Gregorio Barría por no haberse acreditado su calidad de co-empleador. Declaró además que “los montos consignados en la cláusula tercera de este fallo deben ser imputados al pago de lo que esta sentencia ordena pagar, por las consideraciones indicadas en la cláusula décimo sexta por la suma de $2.500.000”. Contra esa sentencia, la demandante hizo valer tres causales en forma subsidiaria, en primer lugar, aquella contemplada en el artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo. En segundo lugar, la del artículo 478 Letra f) del mismo cuerpo legal, y finalmente la causal del artículo 477, por infracción al artículo 19 N°3 del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día dieciocho de octubre último, oportunidad en que alegó el abogado recurrente.
Fundamentos
Considerando: I.- De la primera causal de nulidad: Primero: Que, como primera causal de nulidad se invoca aquella contemplada en el artículo 478 Letra E) del Código del Trabajo, esto es, haberse pronunciado la sentencia definitiva con omisión de los requisitos establecidos en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal, toda vez que se dictó con omisión del análisis de toda la prueba rendida, lo que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Sostiene que la prueba omitida en el
Fallo
fallo deben ser imputados al pago de lo que esta sentencia ordena pagar, por las consideraciones indicadas en la cláusula décimo sexta por la suma de $2.500.000”. Contra esa sentencia, la demandante hizo valer tres causales en forma subsidiaria, en primer lugar, aquella contemplada en el artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo. En segundo lugar, la del artículo 478 Letra f) del mismo cuerpo legal, y finalmente la causal del artículo 477, por infracción al artículo 19 N°3 del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día dieciocho de octubre último, oportunidad en que alegó el abogado recurrente. Considerando: I.- De la primera causal de nulidad: Primero: Que, como primera causal de nulidad se invoca aquella contemplada en el artículo 478 Letra E) del Código del Trabajo, esto es, haberse pronunciado la sentencia definitiva con omisión de los requisitos establecidos en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal, toda vez que se dictó con omisión del análisis de toda la prueba rendida, lo que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Sostiene que la prueba omitida en el fallo impugnado es la siguiente: a) Presentación del reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo por parte del actor de autos con fecha 07 de abril de 2020 y signado bajo el N° 1302/2020/1095. b) Acta de audiencia remota extendida con fecha 25 de mayo de 2020 respecto del reclamo administrativo
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Por sentencia de veintidós de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-5837-2020, caratulados “Taiba con Aludim SpA” se acogió parcialmente la demanda en contra de la demandada Sociedad Aludim, declarando que existió una relación laboral con el de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica