GARCIA SALAZAR JOSE EDUARDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Julio Ballon Aytur, abogado, en favor de don José Eduardo García Salazar y deduce amparo constitucional en contra de la Gendarmería de Chile, señalando que el amparado actualmente goza del beneficio de salida diaria, cumpliéndolo satisfactoriamente en el CDP Santiago Sur, por lo que estima que reuniendo todos los requisitos para alcanzar el beneficio de libertad condicional, con tres bimestres de muy buena conducta, con los dos tercios de la pena cumplida, estando trabajando en el medio libre con el beneficio antes indicado, en condiciones de ser rehabilitado, se le desconoce sus logros, no postulándolo al beneficio de libertad condicional, estimando aquello como arbitrario e ilegal, perjudicando su pretensión se recuperar su libertad, por lo que pide se acoja el presente recurso accediendo a lo pedido. SEGUNDO: Que, sin perjuicio del contenido del libelo de amparo, esta Corte para efectos se dar curso a la tramitación de la acción cautelar, requirió informe a la Comisión de Libertad Condicional, de cuyos antecedentes aparece que efectivamente fue postulado en su oportunidad por Gendarmería de Chile, por lo que encontrándose tal antecedente corroborado, no se requerirá informe a Gendarmería como recurrido, por ser inconducente. TERCERO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre recién pasado, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló “Que el interno JOSE EDU
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor José Eduardo García Salazar de contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N°3835-2022
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Julio Ballon Aytur, abogado, en favor de don José Eduardo García Salazar y deduce amparo constitucional en contra de la Gendarmería de Chile, señalando que el amparado actualmente goza del beneficio de salida diaria, cumpliéndolo satisfactoriamente en el CDP Santiago Sur, por
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