SIN INFORMACION

SOTO / CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES.

Rol

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Daniel Alfonso Soto Tapia, e interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes. Funda su arbitrio señalando que el 09 de noviembre de 2017 solicitó un crédito de dinero a C.C.A.F. Los Andes, por la suma de $4.698.992, por concepto de capital, y con una tasa de interés de 2,05 %, pagaderos en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $160.624, cada una, con vencimiento la primera de ellas el 31 de enero de 2018, constituyéndose en mora a partir de la cuota N°8 con vencimiento el 30 de agosto de 2018. La recurrida con el fin de obtener el cobro forzado de las obligaciones, hizo uso de la cláusula de aceleración, exigiendo el pago de todo lo adeudado, interponiendo el 19 de febrero de 2019 demanda ejecutiva en su contra, según da cuenta la causa rol C-595-2019 del Juzgado de Letras de Villa Alemana, caratulada “Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes con Soto”, la que se archivó el 30 de septiembre de 2020, encontrándose en ese estado actualmente. Refiere que se percató que en su liquidación de remuneración del mes de agosto, existía en favor de la Caja Los Andes un descuento por la suma de $160.085.-; descuentos que también se han efectuado en los meses de mayo, junio y julio del presente año por la suma de $19.250.- cada uno. Concluye que Caja los Andes, a pesar de haber escogido la vía judicial para perseguir el cobro forzado de la obligación, utiliza el mecanismo excepcional que otorga el artículo 22 de la Ley N° 18.883, efectuando una especie de “doble cobro”, lo que vulnera su derecho de propiedad. Solicita se ordene a la recurrida se desista en los descuentos por planilla efectuados sobre su remuneración mensual; la devolución de todos los dineros descontados con motivo del crédito antes señalado y que motiva el recurso; condenar en costas a la recurrida. A folio 12, informa Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, solicit

Fundamentos

fundamentos de derecho que esgrime el recurrente en el presente recurso de protección, Caja Los Andes ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la recurrente. Asimismo, dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros. A folio 13, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Que atendido el mérito de lo expuesto y lo informado, habiendo optado la recurrida por la vía judicial para obtener el cobro, la entidad acreedora no estaba facultada para hacer los descuentos pertinentes al trabajador, sino que debió atenerse a lo allí resuelto en relación al crédito otorgado, o ejercer las acciones ordinarias que corresponda, por lo que al proceder de esta forma, ha vulnerado el derecho de propiedad del actor sobre sus remuneraciones, garantía prevista en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Que en su informe si bien la recurrida sostiene que cesarán en los descuentos por planilla y reembolsará las sumas obtenidas por ese medio, no consta de los antecedentes que la actora se encuentre debidamente notificada de esa situación, lo que lleva a esta Corte a acoger la acción en los términos que se señalaran.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección interpuesto por Daniel Alfonso Soto Tapia en contra de la Caja de Compensación Los Andes, sólo en cuanto se declara que esta última deberá proceder al cese de los descuentos y los reembolsos respectivos a la actor, en la forma que señalo en su informe, lo que pondrá en conocimiento de la actora en el más breve plazo. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-131565-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, comparece Daniel Alfonso Soto Tapia, e interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes. Funda su arbitrio señalando que el 09 de noviembre de 2017 solicitó un crédito de dinero a C.C.A.F. Los Andes, por la suma de $4.698.992,

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