CARRASCO GONZALEZ JORGE/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Karen Bustíos Wong, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Jorge Gabriel Carrasco González, en contra de la resolución de 24 de octubre del presente año de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a esta Corte de Apelaciones, a fin de que se restablezca el imperio del derecho, dejando sin efecto la resolución citada y decretando conceder la libertad condicional a su representado. Expone que su representado cumple una condena de 7 años por el delito de tráfico ilícito de drogas y que cumple con los requisitos de conducta y tiempo mínimo para postular al beneficio. Señala que inició su condena el 11 de julio de 2016 y la termina el 11 de julio de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo de condena el 11 de marzo de 2021. Respecto a la conducta, hace más de 4 bimestres que mantiene un comportamiento calificado como muy bueno. Previas citas legales, solicita que se acoja la acción y se restablezca el imperio del derecho, disponiendo que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando que se le conceda dicha libertad de manera inmediata. SEGUNDO: Que, informando Olga Alarcón Bustamante, secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por resolución de 24 de octubre del año en curso se resolvió rechazar por mayoría la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante ha mantenido un nivel de reincidencia alto, identificándose necesidades de intervención en los ítems actitud y orientación pro criminal y patrón antisocial. Se aprecia que se trata de un interno multi reincidente en delitos de la Ley Nº20.000. Se reportan importantes avances en materia de educación, al aprender a leer y escribir en la unidad penal. Asimismo, cuenta con hábitos laborales, ya que trabaja de manera activa en talabartería. Se encuentra en etapa de preparación para la acción, logrando identificar algunos aspectos problemáticos de la conducta delictual desplegada, internalizando los factores de riesgo. No obstante lo anterior, se observa que el interno no ha obtenido beneficios intrapenitenciarios, siendo relevante un acercamiento gradual al medio libre, considerando el nivel de reincidencia reportado. Los aspectos antes mencionados, demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Jorge Gabriel Carrasco González en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3829-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señora Barbara Vidaurre Miller. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Proveyendo al folio 6; A sus antecedentes. Proveyendo al folio 7; téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Karen Bustíos Wong, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Jorge Gabriel Carrasco González, en contra de la resolución de 24 de octubre del presente año de la Comisión de Libert
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