VÁSQUEZ/CONSTRUCCIINES MENORES GALPIN LIMITADA
Rol
C-112-2021
Fecha
2 de junio de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
vistos que quien comparece no detenta la calidad de mandatario judicial, no ha lugar. Resolviendo derechamente el escrito de fecha 30 de abril de 2021: A lo principal, estese a lo ya resuelto con fecha 4 de mayo de 2021. Al primer otrosí, vistos que, conforme a los documentos aportados, no consta el pago de las cotizaciones correspondientes a los meses de enero, febrero y mayo de 2020, y que, por lo demás, los pagos de las cotizaciones de agosto de 2020 se efectuaron sobre una remuneración menor a la establecida en la sentencia en cumplimiento, se resuelve, no ha lugar. Al segundo otrosí, por acompañados con citación. RIT: C-112-2021 RUC: 20-4-0306496-4 Proveyó la Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a dos de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: HBXQXVENGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2021-06-02T12:56:43-0400
Fallo
se resuelve, no ha lugar. Al segundo otrosí, por acompañados con citación. RIT: C-112-2021 RUC: 20-4-0306496-4 Proveyó la Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a dos de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: HBXQXVENGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2021-06-02T12:56:43-0400
Texto Completo (Preview)
Ltr San Miguel, dos de junio de dos mil veintiuno. Al escrito de fecha 1 de este mes: Téngase presente y notifíquese a través del correo electrónico señalado sólo aquellas resoluciones que deban notificarse personalmente, por cédula o por carta certificada. Resolviendo derechamente el escrito de fecha 16 de abril del año en curso: A lo principal, estese a lo resuelto con fecha 4 de mayo de 2021.
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