Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

CARTES/SERVICIOS INTEGRALES ALFA CHILE SEGURIDAD S Y A LIMITADA

Rol

C-164-2021

Fecha

1 de junio de 2021

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: 1°.- Que, con fecha 14 de mayo de 2021, la liquidadora concursal provisoria Ivonne del Pilar Aguad Facusse, en representación de la ejecutada, empresa SEGURIDAD AUSTRAL SPA (ex AlfaChile Zona Sur SpA), solicita acumulación al procedimiento concursal de liquidación voluntaria, caratulados “ALFA CHILE ZONA SUR SPA”, causa ROL C-10678- 2020, seguida ante el 10° Juzgado Civil de Santiago, fundando su petición en la resolución de liquidación dictada con fecha 18 de noviembre de 2020, por el referido juzgado civil, que la ha nombrado liquidadora concursal titular en la liquidación de SEGURIDAD AUSTRAL SPA, pasando, en consecuencia, y de conformidad al artículo 36 de la ley 20.720, a asumir la representación judicial y extrajudicial de los derechos de la deudora y de los acreedores en cuanto puedan interesar a la masa y en lo señalado y dispuesto en el artículo 129 número 5 de la Ley 20.720. 2° Que, con fecha 18 de mayo de 2021, se dio traslado a la parte ejecutante, el que fue evacuado por ésta con fecha 22 de mayo del año en curso, solicitando el rechazo de la solicitud de acumulación de autos impetrado por la liquidadora concursal, en primer término, en base a lo dispuesto en el artículo 143 N° 3 de la Ley 20.720, que la excluye en aquellos casos sometidos por ley a tribunales especiales, tales como los Tribunales del Trabajo y de Cobranza, según lo dispuesto en los artículos 5 inciso 3 del Código Orgánico de Tribunales y 417 del Código del Trabajo, cuyos textos reproduce, con el fin de concluir que la causa en juzgamiento debe continuar radicada ante este Tribunal. En segundo término, hace presente que en esta causa son seis los ejecutados, cinco de los cuales no se encuentran sujetos al procedimiento de liquidación, no existiendo fundamento legal alguno para que, respecto de ellos, se tramite esta causa bajo las normas del proceso concursal. 3° Que, con fecha 26 de mayo de 2021, se ordenó obtener por el Ministro de Fe del Tribunal, Certificado de Liquidación

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se dispone: I.- Que, no ha lugar a la solicitud de acumulación al procedimiento concursal de liquidación voluntaria, seguido ante el 10° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C 10678-2020. II.- Que, no se condena en costas a la incidentista. Sólo para efectos de la presente resolución, notifíquese vía correo electrónico a las partes lo resuelto con esta fecha RIT: C-164-2021 RUC: 19-4-0179886-5 Proveyó el Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a uno de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl 2021-06-01T12:37:02-0400 Firma Firma 1

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, uno de junio de dos mil veintiuno Resolviendo derechamente el incidente promovido: Visto: 1°.- Que, con fecha 14 de mayo de 2021, la liquidadora concursal provisoria Ivonne del Pilar Aguad Facusse, en representación de la ejecutada, empresa SEGURIDAD AUSTRAL SPA (ex AlfaChile Zona Sur SpA), solicita acumulació

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