MANSILLA/TELEFONICA MOVILES CHILE S.A.
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2022
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: 1° Que se ha recurrido de apelación de la sentencia de primer grado, que rechazó la demanda de obligación de hacer e indemnización de perjuicios incoada. 2° Que en su apelación la parte demandante solicita se “confirme con declaración la sentencia definitiva apelada, en el sentido de dar lugar a la demanda en lo que se refiere a la petición de que la demandada debe retirar los postes y tendido eléctrico que se encuentra dentro del predio del actor, en el plazo de 15 días, desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento que si así no lo hiciere, lo hará la demandante a costa de la demandada.” 3° Que el artículo 189, del Código de Procedimiento Civil, establece que el recurso de apelación debe contener peticiones concretas, y el artículo 201, del mismo cuerpo legal, dispone que si tal recurso no contiene peticiones concretas, debe ser declarado inadmisible. 4° Que, para que un recurso de apelación contenga peticiones concretas, debe reunir dos requisitos copulativos: a) Solicitar la revocación, modificación o enmienda de la resolución recurrida, e b) Indicar que decisión se pretende en reemplazo de la resolución que se impugna. Acorde con esto, en la especie, debió pedirse que se revoque la sentencia y, en su lugar, se declare que se acoge la demanda, solo en cuanto, se ordene a la demandada el retiro de los postes y tendido eléctrico que se encuentra dentro del predio del actor. 5° Que, de lo expresado en el razonamiento primero, queda en evidencia que en la situación en estudio el apelante no cumplió con la exigencia anotada en la letra b) del motivo que antecede, desde que el apoderado del recurrente impetra peticiones que resultan contradictorias a la luz de lo resuelto por la Juez del grado. Y ello, por cuanto de confirmarse el fallo apelado no es posible dar lugar a ordenar que la demandada retire el tendido eléctrico que se encuentra en el terreno del actor ya que, precisamente, se rechazó la demanda civil deducida. 6° Que, e
Fallo
fallo apelado no es posible dar lugar a ordenar que la demandada retire el tendido eléctrico que se encuentra en el terreno del actor ya que, precisamente, se rechazó la demanda civil deducida. 6° Que, en las condiciones anotadas, el recurso de apelación en mención debe ser declarado inadmisible por carecer de peticiones concretas, por cuanto al ser contradictorias se anulan entre sí. Por estas reflexiones y disposiciones legales citadas, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en la presentación de quince de julio de dos mil veintidós, por el apoderado de la parte demandante, don Jaime Pereira Soto, en contra de la sentencia de fecha treinta de abril de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. Rol N° 170-2022 (Civil).
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Coyhaique, ocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: 1° Que se ha recurrido de apelación de la sentencia de primer grado, que rechazó la demanda de obligación de hacer e indemnización de perjuicios incoada. 2° Que en su apelación la parte demandante solicita se “confirme con declaración la sentencia definitiva apelada, en el sentido de dar lugar a la demanda en lo que se refiere a la petic
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