JIMÉNEZ/28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE)
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Omar Morales Morales, abogado, domiciliado en Paseo Ahumada 341 oficina 401, Santiago, en representación del demandado, Sergio Jiménez Concha, en autos sobre juicio ordinario de menor cuantía, caratulado “Tapia con Jiménez”, Rol C-28.926-2019, seguidos ante el 28º Juzgado Civil de Santiago, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 3 de octubre de 2022 que declaró extemporáneo el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de fecha 24 de agosto de 2022, notificada el 8 de septiembre de 2022. Reclama que el recurso debió concederse puesto que, respecto de la sentencia definitiva dictada en un juicio ordinario de menor cuantía proceden los recursos de apelación y de casación según lo dispone el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil. Agrega que, el artículo 187 del mismo cuerpo legal dispone que: “Son apelables todas las sentencias definitivas y las interlocutorias de primera instancia, salvo en los casos en que la ley deniegue expresamente este recurso” Indica que, el recurso de apelación cumple con los requisitos establecidos en los artículos 187, 189 y 698 del Código de Procedimiento Civil, y por ello debió ser concedido. Precisa que el referido recurso de apelación fue deducido dentro de plazo,
Fundamentos
considerando que la sentencia fue notificada el 8 de septiembre de 2022 y el escrito del recurso fue presentado el 22 de septiembre de 2022, a las 23:59 horas. Solicita que se acoja el recurso y se dé lugar al recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 24 de agosto de 2022. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso la juez del Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago Claudia Veloso Burgos señala que, en los autos sobre juicio ordinario de menor cuantía, Rol C-14831-2019 se dictó sentencia el 24 de agosto de 2022. Dicha sentencia fue notificada el 8 de septiembre de 2022, según estampado de folio 74. Agrega que, con fecha 23 de septiembre de 2022 siendo las 00:00:07 horas, el abogado recurrente dedujo recurso de casación en la forma con apelación. El recurso fue declarado extemporáneo puesto que se dedujo luego de haber vencido el plazo señalado en los artículos 770 y 189 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que, con el mérito de los antecedentes acompañados en autos por el recurrente, particularmente de la captura de pantalla que adjunta a su presentación se aprecia que el recurso fue interpuesto dentro de plazo legal, esto porque, según consta el escrito que contiene el recurso deducido por el demandado fue ingresado a la Oficina Judicial Virtual a las 23:59:00 del 22 de septiembre de 2022, es decir, estando vigente el plazo para la interposición del recurso. Que, en este sentido no resulta procedente hacer mayor distinción en relación con el horario de recepción del escrito, indicado por el tribunal, esto porque debe entenderse que el uso de las herramientas digitales en la tramitación de las causas debe propender a facilitar el acceso a la administración de justicia y, en consecuencia, en este caso debe resguardarse el derecho al recurso.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 187 del Código de Procedimiento Civil; y artículos 203 y siguientes del mismo cuerpo legal, SE ACOGE el verdadero recurso de hecho interpuesto que fuera interpuesto en contra de la resolución de tres de octubre de dos mil veintidós que declaro extemporáneos los recursos deducidos en contra de la sentencia de veinticuatro de agosto de dos mil veintidós y se declara admisibles dichos recursos. Comuníquese lo resuelto a primera instancia a objeto que el señor juez a quo tome conocimiento de lo antes resuelto y remita los antecedentes necesarios a esta I. Corte.. Regístrese y archívese. N°Civil-14831-2022. En Santiago, ocho de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Omar Morales Morales, abogado, domiciliado en Paseo Ahumada 341 oficina 401, Santiago, en representación del demandado, Sergio Jiménez Concha, en autos sobre juicio ordinario de menor cuantía, caratulado “Tapia con Jiménez”, Rol C-28.926-2019, seguidos ante el 28º Juzgado Civil d
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