BUENO/MOBAREC
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado con fecha siete de octubre de dos mil veintidós, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el seis de octubre del presente año. Comuníquese. N°Civil-15783-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado con fecha siete de octubre de dos mil veintidós, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el seis de octubre del presente año. Comuníquese. N°Civil-15783-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, diez de noviembre de dos mil veintidós. Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposib
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