AMPARADO: ANTOINE ROGER FRITZ COLLARTE TARDÓN/ RECURRIDO: TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCIÓN
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Aurora Gladys Tardón Quiroz, dueña de casa, domiciliada en Los Araucanía N° 8264, Villa Jardín Alto comuna de La Florida, Santiago, y presenta recurso de protección (sic) conforme al artículo 21 de la Constitución Política de La República de Chile. Indica que su hijo mayor de edad don Antoine Roger Fritz Collarte Tardón, se encuentra privado de libertad desde el 17 de julio de 2021, actualmente en CCP Bio Bio, por la causa del Tribunal de Garantía de Concepción, RIT. 7952-2021, RUC 2100692016-8, y actualmente en esperas de juicio oral en el Tribunal Oral en lo Penal de Concepción. Indica que la audiencia de juicio oral se suspendió por razones ajenas a los intervinientes por lo que su hijo no está siendo juzgado en tiempo razonable en atención a la privación de libertad que lleva en el referido Penal, por lo que solicita se ordene al Tribunal al Tribunal Oral en lo Penal de Concepción le otorgue la libertad de inmediato de mi hijo y en su defecto, realizar en fecha más próxima la audiencia de juicio oral. Informan Carmen Gloria Durán Vergara, Selin Figueroa Araneda, Jueces titulares del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, y Felipe Marcelo Vega Letelier en calidad de suplente e indican que el juicio oral debía realizarse el 25 de octubre pasado, pero días previos a la realización de la audiencia, el defensor privado de la co-acusada del amparado Marta Cisterna Henríquez, comunicó por escrito su imposibilidad de comparecer a la audiencia programada en razón de encontrarse con reposo absoluto por 15 días a contar de esa fecha y acompañó para justificar su imposibilidad un certificado de médico traumatólogo con un diagnóstico de lumbociática izquierda y diabetes mellitus tipo II descompensada. Frente a esta solicitud y al inicio de la audiencia de juicio programada se abrió debate, para luego decidir rechazar decretar el abandono de la defensa, y por mayoría accedió a la petición de reagendar el juicio para el día 02 de mayo de 2023, a
Fundamentos
considerando la duración estimativa de cuatro días para el juicio del amparado. Informó doña Mariana Iturrieta Seguel, Fiscal Jefe, Fiscalía Local de Concepción, reiterando los hechos ya referidos por los jueces del Tribunal Oral Penal de Concepción. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°) Que de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo puede ser deducido a favor de toda persona que se hallare arrestada, detenida o presa con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. 2°) Que, en concreto, el recurso reclama la extensa prisión preventiva del amparado, la que se verá nuevamente extendida si se considera el reagendamiento de juicio oral para el próximo 2 de mayo de 2023. Por ello, se solicita se ordene al Tribunal al Tribunal Oral en lo Penal de Concepción le otorgue la libertad de inmediato de mi hijo y/o en su defecto, realizar en fecha más próxima la audiencia de juicio oral. 3°) Que por sentencia de 4 de noviembre pasado, dictada en los autos Rol N° 1182-2022 de esta Corte, se revocó la resolución de 25 de octubre pasado que negaba dejar sin efecto la prisión preventiva de Antoine Collarte Tardón y, en su lugar, quedó sujeto a la medida de privación total de libertad en su domicilio y arraigo nacional. 4°) Que, atendido el tenor del recurso de amparo, con la referida resolución se obtuvo la pretensión principal de la recurrente, cual era, dejar sin efecto la prisión preventiva del amparado en el Penal CDP Bio Bio, razón por la cual ya no existe el acto reclamado. Así las cosas, es de toda evidencia que en la actualidad no existe una prisión preventiva en recinto penal que, perturbe o amenace a al amparado en su libertad personal y seguridad individual, razón por la cual el recurso en análisis evidentemente ha perdido oportunidad y, por lo mismo, no hay medida alguna que esta Corte pueda adoptar frente al escenario fáctico planteado.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de ANTOINE ROGER FRITZ COLLARTE TARDÓN. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la ministra Carola Rivas Vargas Rol N° 488-2022.- Amparo
Texto Completo (Preview)
Concepción, ocho de noviembre de mil veintidós. VISTO: Comparece Aurora Gladys Tardón Quiroz, dueña de casa, domiciliada en Los Araucanía N° 8264, Villa Jardín Alto comuna de La Florida, Santiago, y presenta recurso de protección (sic) conforme al artículo 21 de la Constitución Política de La República de Chile. Indica que su hijo mayor de edad don Antoine Roger Fritz Collarte Tardón, se encuent
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