JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PANGUIPULLI

ERNESTO HERNANDEZ Y COMPANIA LTDA/DIRECCION DEL TRABAJO, INSPECCION COMUNAL DE PANGUIPULLI

Rol

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece la abogada Javiera Martínez Vargas en representación de la reclamante, Ernesto Hernández y Compañía, interponiendo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el diecisiete de agosto de dos mil veintidós, fundada en la causal contemplada en la letra b) del artículo 478 del referido Código del Trabajo. Argumenta que el fallo no sopesó la prueba documental rendida por su parte, consistente en los resultados del trabajador Mauricio Alejandro Sandoval Villagra de fecha 09 de abril de 2021, e Informe evaluación pre ocupacional, de fecha emisión 10 de marzo de 2021, respecto del trabajador Luis Castillo Castillo, los que fueron presentados en sede administrativa y jurisdiccional. Expone que en sede administrativa su reclamo fue desechado porque los documentos no estaban al momento de la levantar la infracción y tampoco se accedió a la rebaja de la multa. En sede judicial, se estimó que no hubo una corrección íntegra, según se lee en el

Fundamentos

considerando octavo. Respecto del tercer trabajador por el que se multó, indicó que este no estaba contratado para trabajo en altura, por lo que al ser sorprendido realizando este tipo de trabajo se trata de negligencia del mismo y no es imputable a su representada ya que no dio esa orden. En la vista de la causa se recibieron los alegatos de la recurrente, representada por la abogada Javiera Martínez, quien mantuvo los fundamentos de su impugnación. Por la Inspección Provincial del Trabajo se presentó la abogada Audrey Vidal, solicitó se rechace la nulidad impetrada pues la infractora no acreditó el error de hecho invocado ni la corrección íntegra de los hechos que motivaron la multa. Agregó que el

Fallo

fallo no sopesó la prueba documental rendida por su parte, consistente en los resultados del trabajador Mauricio Alejandro Sandoval Villagra de fecha 09 de abril de 2021, e Informe evaluación pre ocupacional, de fecha emisión 10 de marzo de 2021, respecto del trabajador Luis Castillo Castillo, los que fueron presentados en sede administrativa y jurisdiccional. Expone que en sede administrativa su reclamo fue desechado porque los documentos no estaban al momento de la levantar la infracción y tampoco se accedió a la rebaja de la multa. En sede judicial, se estimó que no hubo una corrección íntegra, según se lee en el considerando octavo. Respecto del tercer trabajador por el que se multó, indicó que este no estaba contratado para trabajo en altura, por lo que al ser sorprendido realizando este tipo de trabajo se trata de negligencia del mismo y no es imputable a su representada ya que no dio esa orden. En la vista de la causa se recibieron los alegatos de la recurrente, representada por la abogada Javiera Martínez, quien mantuvo los fundamentos de su impugnación. Por la Inspección Provincial del Trabajo se presentó la abogada Audrey Vidal, solicitó se rechace la nulidad impetrada pues la infractora no acreditó el error de hecho invocado ni la corrección íntegra de los hechos que motivaron la multa. Agregó que el fallo se hizo cargo totalmente de la prueba rendida. CONSIDERANDO: PRIMERO: La causal invocada refiere infracción al estándar de valoración probatoria de sana crític

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Valdivia, nueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Comparece la abogada Javiera Martínez Vargas en representación de la reclamante, Ernesto Hernández y Compañía, interponiendo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el diecisiete de agosto de dos mil veintidós, fundada en la causal contemplada en la letra b) del artículo 478 del referido Código del Trabajo. Argumenta que el fa

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