SIN INFORMACION

VALDIVIA/SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A.

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1, con fecha 29 de agosto de 2022, comparecen doña Yasna Valdivia Clavijo, don Juan Carlos Cortés y don Carlos Alberto Valdivia Clavijo, todos habitantes de Tierra Amarilla, domiciliados para estos efectos en Pasaje Seferino Ávalos Nº 176, Villa Estadio, de dicha comuna, quienes interponen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería; de la Compañía Contractual Minera Ojos del Salado, explotadora actual de las minas Santos y Alcaparrosa, faenas ambas en que se han producido socavones, en los años 1993 y 2022; de la Compañía Contractual Minera Candelaria, en su calidad de empresa matriz de lo que ella misma denomina “Distrito Candelaria”, al que pertenece la recurrida anterior; de la Sociedad Punta del Cobre S.A., en cuyas dependencias se produjo el socavón del año 2013. Sustenta el recurso en la vulneración de los derechos consagrados en el artículo 19 numerales 1°: “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”; 8°: “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”; y 9° inciso 1°: “El derecho a la protección de la salud”. Como antecedentes previos, indican que Tierra Amarilla, se ubica en una zona geográfica del país, en la cual se desarrolla actividad minera a gran escala, en las formas de rajo abierto y subterránea, encontrándose la población circundada por las diferentes empresas extractivas, entre ellas, las recurridas. Los antecedentes históricos dan cuenta que desde 1993 a la fecha, se han producido en la comuna, tres socavones de magnitud relevante, más allá que en la actualidad se verifican hundimientos menores de terreno, en diversos lugares de la zona urbana, incluidos los patios de las casas de muchos de los habitantes del lugar. • Socavón del año 1993: Ubicado en terrenos de la mina Santos. • Socavón del año 2013: Ubicado en terrenos de mina Punta de Cobre • Socavón del año 2022: Ubicado en terrenos de mina Alcaparrosa. Se inserta una imagen y señalan que

Fundamentos

considerando que entre la superficie y el caserón se encuentra el acuífero y que la ejecución de los sondajes solicitados implicaría atravesarlo, pudiendo generar una nueva fuente de infiltración de aguas, se solicitó su reconsideración y se propuso una forma distinta a la pedida por el SERNAGEOMIN. Se adjunta el plan de sondajes propuesto, que no fue observado ni objetado por el Servicio hasta la fiscalización de fecha 14 de septiembre. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la solicitud de presentar un nuevo plan de sondajes, con fecha 20 de septiembre se ingresó dicha solicitud la que fue resuelta mediante Oficio Ordinario SERNAGEOMIN N°5.002, autorizándose expresamente la petición. Con fecha 28 de septiembre, se realizó una sexta fiscalización, de carácter programada, por parte de SERNAGEOMIN a la faena minera Alcaparrosa. Transcribe parte del Acta levantada, en que no hay observaciones para la empresa ni se solicitan antecedentes adicionales. Reitera que existe una constante y permanente comunicación entre CCMOS y SERNAGEOMIN, informándose diariamente la condición del Socavón Alcaparrosa, el avance del drenaje realizado al interior de la mina y un reporte del monitoreo de superficie, además de un reporte relativo a la inspección geomecánica en cada uno de los niveles del sector Gaby 4B. Hace presente que la información señalada también es puesta en conocimiento de toda la comunidad a través de la página web de la compañía (https://mineraojosdelsalado.cl/#comunicados). Luego se refiere a las medidas y fiscalizaciones adoptadas por la Dirección General De Aguas, que data anterior a la interposición del recurso de protección. Indica que su representada ha cumplido hasta la fecha con cada una de las medidas adoptadas por la autoridad, enviando a la DGA informes diarios por medio de comunicaciones que se acompañan al Informe. Así, indica que el 11 de agosto de 2022, la DGA realizó una inspección en terreno al alero de los artículos 41 y 171 del Código de Aguas. Dicha fiscalización se realizó en conjunto con SERNAGEOMIN, ingresando al interior de la mina subterránea y realizando muestreos de calidad agua para su posterior análisis en el Laboratorio Ambiental de la DGA (LADGA). Adicionalmente, se midieron parámetros hidro-químicos. En razón de dicha inspección, la DGA solicitó a su representada adoptar diversas medidas, que detalla, indicando que su representada ha cumplido íntegramente con cada una de estas exigencias, manteniendo los monitoreos y cuantificaciones exigidas, e informando diariamente caudales y niveles. En cuanto a la Superintendencia del Medio Ambiente, también ha mantenido una fiscalización permanente del hecho, imponiendo incluso medidas urgentes y transitorias con el fin de mitigar cualquier riesgo de carácter ambiental derivado del evento. Relata que previo al día del evento, con fecha 28 de julio de 2022, la SMA realizó una fiscalización a las instalaciones de Compañía Contractual Minera Ojos del Salado, relacionada

Fallo

se declara un perímetro de seguridad, estableciendo una zona de alto peligro de subsidencia, dentro del terreno propiedad de la mina Alcaparrosa, en Tierra Amarilla. A folio 18, acompaña oficio Nº 2238, fechado el 07 de Septiembre de 2022, suscrito por don David Montenegro, en su calidad de Director Nacional Subrogante de Sernageomin, respondiendo a su consulta, efectuada vía transparencia, al “Departamento de Seguridad Minera y Fiscalización de la Región de Atacama”, en su calidad de repartición específica y ubicada en la región, sobre los planos de la red de túneles activos e inactivos existentes bajo Tierra Amarilla. La respuesta de este departamento reafirma aquella evacuada por el órgano central, es decir, el departamento a cargo de la seguridad y la fiscalización, ubicado en el lugar en que están presentándose socavones y cuya ocurrencia se pronostica -por estudios del mismo servicio- continuará ocurriendo, no cuenta con información sobre la red de túneles mineros existentes alrededor de la Comuna y Ciudad de Tierra Amarilla. A folio 9 y 10, mediante resolución de fecha 1 de septiembre último, se decretó la acumulación del recurso ingresado bajo el Rol Corte Protección N° 1059-2022, ingresado con fecha 30 de agosto de 2022, en que comparece doña Millaray Natalia Hidalgo Acuña, abogada, Directora Jurídica (S) de la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, en representación de los recurrentes, vecinos de la comuna Elizabeth Valderrama Castillo, Patricia Vega González,

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C.A. de Copiapó. Copiapó, ocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que a folio 1, con fecha 29 de agosto de 2022, comparecen doña Yasna Valdivia Clavijo, don Juan Carlos Cortés y don Carlos Alberto Valdivia Clavijo, todos habitantes de Tierra Amarilla, domiciliados para estos efectos en Pasaje Seferino Ávalos Nº 176, Villa Estadio, de dicha comuna, quienes interponen recurso de protección

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