EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO CON FISCO DE CHILE - MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. ACUMULADAS 1421-2022, 1781-2022 (APEL. SENT. DEF.)
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA S/C
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- En esta causa rol C-270-2022 del Tercer Juzgado Civil de esta ciudad, se dictó sentencia definitiva que rechaza con costas el reclamo de la expropiada en contra del decreto expropiatorio de autos. En contra del fallo definitivo apeló la parte reclamante (rol 1781-2022). La reclamada, en tanto, apeló de la resolución que recibió la causa a prueba (rol 1421-2022). Se dispuso la acumulación de autos y se trajeron los autos en relación. 2°.- Que la reclamante ha tenido
Fundamentos
motivos plausibles para litigar por la que la sentencia definitiva en cuanto le ha condenado en costas, será enmendada según se dirá. 3°.- Que la reclamada, en estrados, se ha desistido de su apelación subsidiaria en contra de la resolución que recibió la causa a prueba; de modo que su recurso ha terminado a través de esta forma extraordinaria.
Fallo
fallo definitivo apeló la parte reclamante (rol 1781-2022). La reclamada, en tanto, apeló de la resolución que recibió la causa a prueba (rol 1421-2022). Se dispuso la acumulación de autos y se trajeron los autos en relación. 2°.- Que la reclamante ha tenido motivos plausibles para litigar por la que la sentencia definitiva en cuanto le ha condenado en costas, será enmendada según se dirá. 3°.- Que la reclamada, en estrados, se ha desistido de su apelación subsidiaria en contra de la resolución que recibió la causa a prueba; de modo que su recurso ha terminado a través de esta forma extraordinaria. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 144, 160 y 186 del Código de Procedimiento Civil; se decide: I.- Que se revoca la sentencia definitiva de cuatro de julio de dos mil veintidós, contenida en el folio 43, en cuanto condenó en costas a la reclamante y, en consecuencia, queda liberada del pago de las mismas. Se confirma en lo demás apelado dicho fallo. II.- Téngase por desistido a la reclamada de su apelación subsidiaria deducida en contra de la resolución de once de mayo de dos mil veintidós que recibió la causa a prueba, contenida en el folio 25; todo lo anterior sin costas. Regístrese y devuélvase. Redactó Camilo Álvarez Órdenes, ministro titular. Aunque concurrió a la vista y al acuerdo de la causa, no firma la ministra Viviana Iza Miranda, por estar haciendo uso de feriado legal. N°Civil-1033-2022 y acumuladas 1.421-2022 y 1.781-200
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, siete de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- En esta causa rol C-270-2022 del Tercer Juzgado Civil de esta ciudad, se dictó sentencia definitiva que rechaza con costas el reclamo de la expropiada en contra del decreto expropiatorio de autos. En contra del fallo definitivo apeló la parte reclamante (rol 1781-2022). La reclamada, en tan
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