3º JUZGADO DE LETRAS DE COQUIMBO

BANCO SANTANDER-CHILE./PACHECO LUNA, FERNANDA

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2022

Materia

DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, excepto el

Fundamentos

considerando séptimo, que se elimina en la parte que señala: “lo cierto es que ningún antecedente obra en la causa ni se acompañó para acreditar dicha circunstancia, de manera que habrá de acogerse la excepción de prescripción planteada en este punto”. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Primero: Que, del análisis de los antecedentes, se desprende que las acciones de cobro del acreedor BANCO SANTANDER CHILE se inician en el 3º Juzgado de Letras Civil de Coquimbo, juicio ejecutivo rol C-2345-2018, deducido en contra de don MAURICIO ANDRÉS PACHECO LUNA, NICOLE ANDREA PACHECO LUNA y FERNANDA VALERIA PACHECO LUNA, en calidad de dueños de un inmueble hipotecado, procedimiento iniciado por gestión preparatoria de notificación desposeimiento en contra de MAURICIO ANDRÉS PACHECO LUNA, NICOLE ANDREA PACHECO LUNA y FERNANDA VALERIA PACHECO LUNA, en la que consta que los demandados no pagaron la deuda ni abandonaron el inmueble hipotecado, que, enseguida, el actor interpuso demanda ejecutiva de desposeimiento en contra de MAURICIO ANDRÉS PACHECO LUNA, NICOLE ANDREA PACHECO LUNA y FERNANDA VALERIA PACHECO LUNA todos en calidad de dueños de derechos de dominio sobre inmueble ubicado en calle Maestranza número 786, que corresponde al Sitio número 13 de la Manzana K, del Conjunto Residencial Los Arrayanes, Tercera Etapa, de la comuna de Coquimbo inscrita a fojas 6.058 número 3.120 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo del año 2015, hipotecas inscritas a fojas 5.712 número 3.015 y a fojas 5.714 número 3.016, ambas de 2005, a favor del demandante, que es dueño del pagaré número 650023633056, suscrito con fecha 22 de Mayo del 2018, por doña MARIELA DONOSO MUÑOZ, en representación de Santander Gestión de Recaudación y Cobranzas Limitada, que a su vez actúa como mandatario del deudor ALONSO MAURICIO PACHECO VERGARA, quien se obligó a pagar al BANCO SANTANDER CHILE el 23 de Mayo de 2018, la suma de $4.055.530.- por capital, más los intereses moratorios a la tasa máxima convencional que se devenguen hasta el pago efectivo de lo adeudado y que por escritura pública de 30 de julio de 2007, sobre contrato de Mutuo Hipotecario, el Banco Santander Chile, dio en préstamo a don ALONSO MAURICIO PACHECO VERGARA y doña EMILIA DEL CARMEN LUNA MONTOYA, deudores solidarios, la cantidad de 1.301.- U.F., quienes se obligaron a pagar con los correspondientes intereses, en el plazo de 216 meses, a contar del uno del mes siguiente al de la fecha de la escritura, por medio de igual número de dividendos o cuotas mensuales, vencidas y sucesivas de 9,1271.- U.F., quienes han incurrido en mora respecto de las cuotas número 124 a la número 132 (De diciembre de 2017 enero a agosto de 2018), – ambas inclusive, de modo que adeudan en total 703,2907.- U.F., más los intereses por la mora y reajustes que indica. Las partes están contestes en que se había estipulado en la escritura pública de mutuo una cláusula de aceleración facultativa para el caso de no pagarse cualquie

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículos 2515 y siguientes del Código Civil, SE DECLARA: I.-Que se revoca la sentencia definitiva pronunciada el día 25 de abril de 2022, escrita en fojas 154 y siguientes de autos, en la parte apelada; II.- Que se rechaza la excepción de prescripción del artículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil opuesta respecto del pagaré N° de operación 650023633056, acogiéndose la demanda y debiendo seguirse adelante con la ejecución respecto de los demandados MAURICIO ANDRÉS PACHECO LUNA, doña NICOLE ANDREA PACHECO LUNA y doña FERNANDA VALERIA PACHECO LUNA en calidad de terceros poseedores, debiendo realizarse el inmueble hipotecado ubicado en la comuna de Coquimbo, calle Maestranza N° 786, Conjunto Residencial Los Arrayanes III, inscrito a fojas 6.058 N° 3.120 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año 2015 para que con el producido de su pública subasta se pague al demandante la suma demandada por concepto del pagaré y el mutuo hipotecario, más intereses hasta su pago efectivo, con costas. Redacción de la abogada integrante señora Ximena Dorich Rojas. Regístrese y devuélvase. Rol N° Civil-893-2022. Pronunciada por la Sala Extraordinaria de la Iltma. Corte de Apelaciones integrada por la Ministra Interina señora Ingrid Castillo Fuenzalida, la Fiscala Judi

Texto Completo (Preview)

Banco Santander Chile S.A. Pacheco Luna, Fernanda Notificación de Desposeimiento Rol N°893-2022 (C-2345-2018 del Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo.) La Serena, siete de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada, excepto el considerando séptimo, que se elimina en la parte que señala: “lo cierto es que ningún antecedente obra en la causa ni se acompañó para acred

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