BARROS/BANCO DE CHILE
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Camila Barros Toledo, abogada, quien interpone acción de protección en su favor, en contra de Banco de Chile, por el acto ilegal y arbitrario consistente en su decisión de no reintegrar a su cuenta vista terminada en los números 0104 la suma de $590.277.- y, la suma de $10.338.-, en virtud de un supuesto crédito de consumo que jamás adquirió. Sostiene que dicha actuación ilegal y arbitraria ha vulnerado el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales establecidas en los números 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de La República. Pide que se acoja la acción y se ordene a la recurrida restituya inmediatamente a su cuenta RUT del Banco Estado N° 16935808 el perjuicio patrimonial causado por la suma de $600.615.- y elimine de sus registros, el supuesto crédito de consumo que jamás ha solicitado, con costas. Expone que con fecha 22 de diciembre de 2021, al ingresar a su cuenta vista N°07-191- 00301-04 del Banco de Chile, se percató que habían sido descontados de su cuenta, mediante dos movimientos la suma de $584.142.- y de $10.241.-. Señala que en ambos casos, el movimiento irregular se denominaba “Pap. Centinela crédito S/Pac”, y tras revisar en la página web del Banco de Chile, “Mi Banco en Línea”, opción “créditos” se percató que aparecía suscrito un crédito a su nombre por la suma de $500.000.- pagaderos en una sola cuota, con un interés penal de $44.858 y, un recargo de cobranza por la suma de $39.284, el cual daba como resultado la suma de $584.142.- Es decir, idéntica suma que se le extrajo de su cuenta vista. Enfatiza que jamás solicitó un crédito de consumo por dicha suma y que dada dicha situación, generó un reclamo en el Servicio Nacional del Consumidor. Explica que al día siguiente, pudo constatar que el descuento efectuado por las sumas antedichas habían sido eliminadas y los montos fueron restituidos por el banco el día 24 de diciembre de 2021. Indica que con fe
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se acoge el recurso de protección deducido por la abogada doña Camila Barros Toledo, en su favor, y en contra de Banco de Chile.y, en consecuencia, con la finalidad de restablecer el imperio del derecho, se ordena a esta última institución hacer entrega a la actora de la suma de $600.615, más reajustes legales contabilizados entre la época del descuento y su pago efectivo, dentro de quinto día; e igualmente borrar de sus registros cualquier antecedente que dé cuenta de haber la recurrente solicitado tal cantidad a título de crédito de consumo, con costas. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N°873-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 39, 40 y 41; a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Camila Barros Toledo, abogada, quien interpone acción de protección en su favor, en contra de Banco de Chile, por el acto ilegal y arbitrario consistente en su decisión de no reintegrar a su cuenta vista terminada en los núm
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