GALLARDO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES.
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Mario Espinosa Valderrama, abogado, en representación Ian Daniel Gallardo Heckersdorf, chileno, trabajador dependiente, cédula de identidad N°15.573.170-2, ambos domiciliados para estos efectos en Gral. Manuel Baquedano N°50, oficina 804, Edificio Singular, comuna de Antofagasta, quien dedujo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas Mena, por el acto arbitrario e ilegal consistente en realizar descuentos en su remuneración en virtud de créditos, cuyo cobro se habría intentado mediante la vía judicial, solicitando adoptar las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho y ordenar a la recurrida desistir en los descuentos por planilla efectuados sobre la remuneración mensual del recurrente y efectuar devolución de todos los dineros descontados con motivo del crédito señalado, con costas. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: El actor funda su recurso en la existencia de un actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en la realización de descuentos por planilla de su remuneración, cuyo cobro se habría iniciado previamente, en virtud de un procedimiento ejecutivo. Durante el mes de mayo de 2014 solicitó un crédito a la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, en 24 cuotas mensuales de $166.367 pagaderas con fecha 30 de cada mes, venciendo la primera de ellas el 30 de junio de 2014. Sin embargo, atendido diversos motivos, se vio en la imposibilidad de cumplir con todas las cuotas pactadas, constituyéndose en mora desde el 30 de octubre de 2014. En ese entendido, la recurrida Caja de Compensación los Andes en noviembre de 2015 lo demandó ejecutivamente en causa C-6450-2015, tramitada ante el 4º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, causa en la cual se presentó excepción de prescripción dando el tribunal traslado a la contraria con fecha 01 de julio de 2022, sin que la recurrida realice ninguna presentación hasta la fecha. Sin embargo, señala que al revisar su liquidación correspondiente al mes de agosto de 2022, constató que existía un descuento a favor de la recurrida por la suma total de $ 288.779. En consecuencia, indica que la caja de compensación actuó de manera ilegal y arbitraria, realizando un descuento que el art. 22 de la ley 18.833 autoriza como beneficio para un cobro oportuno, siendo que en este caso la recurrida ya manifestó su voluntad de acelerar el vencimiento de las cuotas pendientes, demandando ejecutivamente el cobro forzado, por lo que al realizar estos descuentos por planilla abusa de las facultades que le otorga la ley, vulnerando las garantías constitucionales del derecho de propiedad y la igualdad ente la ley al ejercer autotutela, garantizados en el artículo 19 N°24 y 19 N ° 2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene a la recurrida desistir de los descuentos remuneracionales y a la devolución de todos los dineros descontados con motivo del crédito señalado, con costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Matías Amigo García, en representación de la recurrida, Caja de Compensación Los Andes, solicitando el rechazo del recurso. Señala que el 12 de mayo de 2014, otorgó al recurrente la operación de crédito por un capital de $3.055.914.- a una tasa de 2.26%, pagadero en un plazo de 24 meses, con una cuota de $174.002 cuyo primer vencimiento correspondió el 30 de junio de 2014 y afirma que: las cuotas del mes de junio a septiembre de 2014 se pagaron en el plazo establecido; que durante en los meses de junio y julio 2021 la caja recibió un total de $285.500, contabilizándose como pagada la cuota del mes de octubre de 2014, más un abono en la cuota del mes de noviembre de 2014 por $111.498; en junio de 2022, la caja recibió la suma de $109.382, monto con el que se contabilizó como pagada la diferencia de la cuota del mes de noviembre de 2014 por $62.504 más intereses
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE, sin costas el recurso de protección deducido por el abogado Mario Espinosa Valderrama, en representación Ian Daniel Gallardo Heckersdorf, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar los Andes y en consecuencia se ordena a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de efectuar o informar descuentos en las remuneraciones de la recurrente, y a la restitución del dinero descontado y no reembolsado a la fecha, debidamente reajustados, dentro de décimo día de ejecutoriada esta sentencia. Regístrese y comuníquese. ROL 22.359–2022 (PROTECCIÓN)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a siete de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Mario Espinosa Valderrama, abogado, en representación Ian Daniel Gallardo Heckersdorf, chileno, trabajador dependiente, cédula de identidad N°15.573.170-2, ambos domiciliados para estos efectos en Gral. Manuel Baquedano N°50, oficina 804, Edificio Singular, comuna de Antofagasta, quien dedujo recurso de protección
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