JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOTA

MP C/ RODRIGO ANTONIO AGUILERA TORRES

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2022

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que la defensa del imputado Rodrigo Antonio Aguilera Torres, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota en audiencia de 30 de octubre de 2022, que decretó la medida cautelar del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal en su modalidad total en contra de su representado. Señaló, en síntesis, que en la audiencia recién mencionada la defensa expuso antecedentes médicos que daban cuenta de un diagnóstico de esquizofrenia y hospitalizaciones pasadas del imputado, en virtud de lo cual la defensora solicitó que se decretase la suspensión del procedimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, esto es, por existir presunción que el imputado puede ser inimputable. Agrega que tras el debate de rigor, el juez de garantía acogió la petición de la defensa y decretó la suspensión del procedimiento. Sin embargo, a solicitud del Ministerio Público, y no obstante la oposición de la defensa, decretó respecto del imputado la medida cautelar de privación de libertad en su casa en la modalidad de total, contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. En opinión de la defensa, de la lectura de las normas que regulan el procedimiento para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad, contenido en el Título VII del Libro IV del Código Procesal Penal, no se contempla disposición alguna que autorice la aplicación de una medida cautelar privativa de libertad, cualquiera sea su entidad, a un imputado que cuente con antecedentes que hagan presumir su inimputabilidad por enajenación mental y se encontrare suspendido el procedimiento como consecuencia de ello, fuera de lo dispuesto en el artículo 464 del mismo código. A mayor abundamiento, dice que esta última norma legal autoriza la aplicación, en un procedimiento suspendido por aplicación del artículo 458, de la medida cautelar de internación provisional en un establecimiento as

Fundamentos

considerando además la existencia de una medida cautelar del artículo 155 letra a) en carácter nocturno, en la causa RIT 592-2022, decretada para protección de la misma víctima de esta causa; que este último se trata de una persona adulto mayor; y que el hecho investigado se dio en un contexto de violencia intrafamiliar, lo cual exige a los tribunales obrar en los términos señalados artículos 1 y 2 de la Ley N° 20.066, teniendo también presente las situaciones de riesgo inminente en cuanto a parámetros objetivos establecidos en el artículo 7° de dicha ley, existiendo además antecedentes de drogadicción y otras denuncias por violencia intrafamiliar.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, y 7 de la Ley N° 20.066, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de octubre de dos mil veintidós por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, que decretó la medida cautelar contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, privación de libertad en su casa, en su modalidad de total, respecto del imputado Rodrigo Antonio Aguilera Torres. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita al juzgado de origen. Se deja constancia que las intervinientes quedan notificadas de la resolución precedente en forma personal por estar presentes en la audiencia, sin perjuicio se ordena notificar por el estado diario. Rol N° 1.196-2022. Penal.-

Texto Completo (Preview)

SFR/cms. C.A. de Concepción. Concepción, siete de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que la defensa del imputado Rodrigo Antonio Aguilera Torres, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota en audiencia de 30 de octubre de 2022, que decretó la medida cautelar del artículo 155 letra a) del Código

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