SIN INFORMACION

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, en representación de GUILLERMO ARCIDES VARAS VALLADARES, e interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que ha incurrido en una conducta contraria a la Constitución y la Ley al denegar el beneficio postulado por el amparado, fundada en la no consideración de los requisitos objetivos previstos en la Ley. Indica que su representado actualmente se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: saldo de 648 días por quebrantar beneficio intrapenitenciario de salida dominical, por el delito de robo por sorpresa, reproche impuesto por el 5° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago y de 10 años y 1 día, por el delito de robo con intimidación, sancionado por el 7° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Señala que, el amparado de acuerdo a la información entregada por Gendarmería, cumple con los requisitos de tiempo mínimo, 4 bimestres de muy buena conducta e informe psicosocial. En tal sentido, complementa que su defendido cuenta con todos los elementos sociales y psicológicos para reinsertarse adecuadamente en el medio libre acompañando una serie de documentos. Estima que la decisión impugnada carece de suficiente justificación y cita las normas pertinentes del DL N° 321 y de la Constitución Política de la República, pidiendo que se acoja el recurso y se ordene la concesión del beneficio de libertad condicional de forma inmediata. A folio 4, se tuvo por interpuesto el presente recurso de amparo. A folio 6, evacúa informe la recurrida y señala se rechazó por mayoría de votos la postulación efectuada por el amparado, toda vez que de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, se verificó por parte de los miembros de la Comisión, al tenor del contenido del citado informe, que éste era desfavorable; no advirtiéndose en consecuencia, que al momento de postular al beneficio, el requirente presente avances en el proc

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la presente acción de amparo se dirige contra la resolución de la comisión de libertad condicional que sesionó en esta jurisdicción el segundo semestre del presente año, que denegó el beneficio solicitado por el amparado, estimando la recurrente que dicha forma de proceder es ilegal y arbitraria, pues se aparta del marco normativo previsto por el Decreto Ley 321. SEGUNDO: Que en concreto la recurrente alega que, pese a lo aseverado por la Comisión, no se advirtió por dicho organismo que el amparado cumpliría con todos los requisitos que la ley establece para conceder la libertad condicional a su respecto, particularmente por el hecho de mantener una conducta calificada como sobresaliente y antecedentes psicosociales que darían cuenta de una adecuada reinserción en el medio libre y apoyo de su grupo familiar, todo aquello debidamente plasmado en los informes respectivos. TERCERO: Que, evacuando informe la recurrida manifiesta que se rechazó por mayoría de votos, -con el voto en contra del Juez Rolando Díaz Coloma-, la postulación por estimar que si bien el postulante, contaba con un informe de postulación psicosocial elaborado en conformidad a lo exigido en el artículo 2° número 3) del Decreto Ley N°321, se verificó por parte de los miembros de la Comisión, al tenor del contenido del citado informe, que éste es desfavorable, por cuanto en él se aludía que el condenado Varas Valladares, presenta alto compromiso delictual y mantiene factores de riesgo criminógeno tales como: asociación a pares infractores, patrón antisocial, inicio delictual temprano en su vida, lo cual se ha mantenido en el tiempo, tendencia a favor del delito, actitud desfavorable a las normas y convenciones sociales y estilo de vida disfuncional, se agrega además, comunicación efectiva, para resolver conflictos y manejo impulsividad; no advirtiéndose

Fallo

por tanto avances en el proceso de reinserción social como lo dispone el artículo 1 del D.L. 321 en concordancia con el artículo 5 del mismo cuerpo normativo. CUARTO: De conformidad a lo anterior, y en lo que dice relación con los factores de riesgo de reincidencia y posibilidades de reinserción social, del informe de postulación se puntualizó al interno con alto compromiso delictual y factores de riesgo, tales como, pares transgresores, patrón antisocial, actitud y orientación procriminal, tendencia a favor del delito, actitud desfavorable hacia las normas y convenciones sociales, manteniendo muy alto riesgo de reincidencia, conforme instrumento IGI. En cuanto a sus avances en el proceso de reinserción social, el informe indica que presenta como factor protector avance en participación en talleres de su plan de intervención, lo que disminuye necesidades criminógenas detectadas, sin embargo, se estima pertinente que participe en talleres de habilidades de comunicación efectiva y razonamiento crítico que le proporcionen las herramientas adecuadas para abordar situaciones cotidianas de forma asertiva. Respecto a las expectativas del postulante, estas se visualizan concretas y factibles en el interno, así como también cuenta con un apoyo consistente. Finaliza el documento indicando que, en caso de acceder al beneficio de libertad condicional, el interno debe participar en talleres referentes a la comunicación efectiva, razonamiento crítico, resolución de problemas y control de

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, en representación de GUILLERMO ARCIDES VARAS VALLADARES, e interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que ha incurrido en una conducta contraria a la Constitución y la Ley al denegar el beneficio postulado

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica