SIN INFORMACION

COMERCIALIZADORA SAN MATEO S.P.A/JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE COPIAPÓ

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, el 28 de septiembre de 2022, compareció el abogado don Christian Caro Cassali, por la demandante/reclamante, en autos sobre reclamación judicial de multa, caratulados “COMERCIALIZADORA SAN MATEO con INSPECCIÓN DEL TRABAJO”, Rit I-32-2022 del Juzgado del Trabajo de Copiapó seguidos ante el Juzgado del Trabajo de Copiapó, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada el día 23 de septiembre de 2022, por la cual el Juzgado del Trabajo de Copiapó denegó por improcedente, el recurso de apelación deducido por su parte. Explica que su parte dedujo demanda de reclamación de multa, la que se tramitó en procedimiento monitorio y en la audiencia de estilo, la entidad reclamada dedujo la excepción de falta de requisitos legales para la acción, la que fuera acogida mediante sentencia de fecha 14 de septiembre de 2022 y en ese contexto, dentro de plazo, dedujo recurso de apelación en contra de la referida sentencia, denegado por improcedente. Añade que el citado recurso de apelación se funda en lo consignado en el artículo 476 del Código del Trabajo, que se expresa: “Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social….”; naturaleza a la que responde la resolución recurrida. Efectivamente, sostiene que la resolución impugnada por su parte corresponde a una sentencia interlocutoria de aquellas que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, toda vez que resuelve sobre una excepción de previo pronunciamiento y, al acogerlo, se hace imposible la continuación del juicio. En mérito de lo expuesto, solicita acoger el recurso de hecho y declarar procedente el referido recurso de apelación, con costas. A folio 5 rola informe evacuado por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo y Cobranza Laboral

Fundamentos

Considerando: Primero: Que a través del presente recurso de hecho, se solicita declarar procedente el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dictada oralmente en audiencia de fecha 14 de septiembre de 2022, que acogió la excepción de falta de elementos de la acción, argumentando que la resolución apelada es una sentencia interlocutoria que hace imposible la continuación del procedimiento, resultando apelable según la normativa laboral. Segundo: Que, tratándose de una resolución dictada en un procedimiento de reclamación laboral, resulta aplicable lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 476 del Código del Trabajo, que dispone que sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. Tercero: Que, en el caso de autos, la naturaleza jurídica de la resolución que se impugna por esta vía, es una sentencia interlocutoria al tenor de lo establecido en el inciso tercero del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, desde que falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, y además puso término al juicio o hizo imposible su continuación, de lo que se sigue, que a su respecto es procedente el recurso de apelación..

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita acoger el recurso de hecho y declarar procedente el referido recurso de apelación, con costas. A folio 5 rola informe evacuado por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo y Cobranza Laboral y Previsional de Copiapo, don José Marcelo Álvarez Rivera. Indica que la demandante, conforme con lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, dedujo reclamo judicial, en contra del Inspector Provincial del Trabajo de Copiapó, quien mediante la resolución de multa N°301-2540/2022, mantiene dos multas cursadas mediante resolución N°3663/2022/12-1-2 de fecha 01 de mayo del 2022 y que fueron objeto de una reconsideración administrativa presentada con fecha 12 de mayo del 2022. Añade que en la audiencia monitoria, de fecha 14 de septiembre de 2022, el demandado contestó oralmente la demanda, oponiendo en forma previa a la contestación, la excepción de falta de elementos de la acción, solicitando se acoja esta, y se rechace aquella, procediendo a dictar Sentencia, acogiendo en todas sus partes la citada excepción, por las razones que hace presente. Luego, con fecha 22 de septiembre de 2022, la demandante dedujo recurso de apelación en contra de la citada sentencia, resolviendo el señor Juez informante, con fecha 23 de septiembre de 2022, no ha lugar por improcedente por tratarse de una sentencia definitiva que se pronuncia sobre una excepción que ataca al fondo de la acción, sin perjuicio de ser impugnable de nulidad, recurso este últi

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, el 28 de septiembre de 2022, compareció el abogado don Christian Caro Cassali, por la demandante/reclamante, en autos sobre reclamación judicial de multa, caratulados “COMERCIALIZADORA SAN MATEO con INSPECCIÓN DEL TRABAJO”, Rit I-32-2022 del Juzgado del Trabajo de Copiapó seguidos ante el Juzgado del Trabajo de

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