NICOL DE LOS ANGELES PACHECO RAINQUEO C/ TAMARA ANDREA MONSALVE MUNOZ
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado David Nicolás Tadeus Cooper Cuéllar, en contra de la resolución de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós, que consta en la carpeta digital.. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-939-2022.(ela)
Fallo
se resuelve: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado David Nicolás Tadeus Cooper Cuéllar, en contra de la resolución de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós, que consta en la carpeta digital.. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-939-2022.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. Al escrito de folio N°4, se resuelve: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado David Nicolás Tadeus Cooper Cuél
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica