JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA

M.P C/ BRYAN IGNACIO TORRES PINO

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, los antecedentes hasta ahora reunidos, se desprende que se encuentran acreditados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito por el que fue formalizado el imputado Bryan Ignacio Torres Pino; en cuanto a la necesidad de cautela, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la naturaleza, gravedad, forma de comisión de los hechos, la pena asignada al ilícito y los bienes jurídicos protegidos. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiocho de octubre en curso, en los autos RIT 2349-2022 del Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto Bryan Ignacio Torres Pino. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 3031-2022 Penal

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Fecha: a cuatro de noviembre de dos mil veintidós. Sala: Primera Zoom Rol Corte: 3031-2022 RIT: 2349-2022 Ruc: 2201072052-8 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Relator (a): María Florencia Sáez Bugmann Abogada asesora M.P.: Carolina Sepúlveda Sanhueza Defensor penal público: Pedro Narváez Candias Hora Inicio: 10.36 Hora de Término: 10.51 Imputado: Bryan Ignacio Torres Pino Tipo de Recurso:

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