SIN INFORMACION

ORELUS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparece doña Darline Orelus, haitiana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de fecha del 20 de febrero del año 2022, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo establecido en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Indica que hasta la fecha no ha recibido noticias respecto del estado de su solitud. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene al recurrido pronunciarse sin más trámite respecto de su solicitud, con costas y en el caso de ser necesario subsanar algún tipo de documento, se le otorgue un plazo prudente con el fin de poder seguir dándole continuidad al proceso. A folio 6, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando desde ya el rechazo del presente recurso en todas sus partes ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerado como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y protegidas por la presente acción. Indica que con fecha 20 de febrero de 2022, la recurrente solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública el beneficio del permiso de permanencia definitiva, que en la actualidad se encuentra en trámite. A consecuencia de lo anteriormente señalado, estando en tramitación la solicitud del recurrente, lo que deriva en que mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, no existe para esta autoridad, actualmente, un acto q

Fundamentos

considerando que solo ha transcurrido dos meses entre dicha fecha y la interposición del recurso, no es posible advertir ilegalidad ni arbitrariedad en la omisión que se reclama, toda vez que es sabido que el ente recurrido se encuentra conociendo de numerosas solicitudes de regularización migratoria, presentadas con antelación a la que motiva el presente recurso, motivos por los cuales se rechaza el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Darline Orelus, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección 131944-2022.-

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparece doña Darline Orelus, haitiana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de fecha del 20 de febrero del año 2022, por impedir dicha omisión el principio

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