SIN INFORMACION

FELIPE/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Pedro Pablo Felipe Valenzuela, dependiente, quien interpone acción de protección en contra de la Caja De Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, en razón de que ésta habría efectuado un descuento injustificado en sus remuneraciones para pagarse de una parte de una deuda, abusando de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 18.833. Refiere que el 13 de abril de 2018, suscribió el pagaré N° 042CON201030207, a favor de la recurrida, por la suma de $ 3.647.420, pagaderos en 48 cuotas mensuales y sucesivas de $126.601, venciendo la primera de ellas el 30 de junio de 2018. Señala que se pactó una cláusula de aceleración, así como también la facultad de que la acreedora pueda cobrar las cuotas por medio de descuentos directos de las remuneraciones del deudor. Indica que luego de perder su empleo, incurre en mora en el pago de la cuota cuyo vencimiento acaeció el 31 de octubre de 2018, y que posteriormente la recurrida ingresó una demanda ejecutiva, específicamente el 26 de abril de 2019, iniciándose la causa Rol C-14303-2019, tramitada ante el 8º Juzgado Civil de Santiago, en que, con fecha 30 de agosto de 2021, mediante sentencia definitiva se acoge la excepción opuesta y declara prescrita la acción cambiaria. Afirma que en marzo último, verificó que se le efectuó un descuento en sus remuneraciones en favor de la recurrida, por $ 176.434, acto que considera que arbitrario e ilegal, ya que la recurrida habría ordenado a su empleador dicho descuento, abusando de lo establecido en el art. 22 de la Ley 18.833. Dicho acto, señala el recurrente, vulnera su derecho de propiedad, no sólo porque lo privaría de parte de sus bienes, sino porque también le afectaría su legítima expectativa de percibir sus remuneraciones de forma íntegra. En virtud de lo señalado, pide que se acogida la acción de protección, y además que se ordene: I. Cesar todo tipo de retención o descuento en la remuneración del recurrente. II. Restitu

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso de protección deducido en estos autos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Nº Protección-57133-2022 Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y la Ministra (S) señora Andrea Diaz-Muñoz Bagolini. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Pedro Pablo Felipe Valenzuela, dependiente, quien interpone acción de protección en contra de la Caja De Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, en razón de que ésta habría efectuado un descuento injustificado en sus remuneraciones para pagarse de una parte de una deud

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