SIN INFORMACION

MICOLTA / JUZGADO DE GARANTÍA DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

hechos: “las imputadas Paola Micolta y Celedina Micolta, concurren a jardín infantil Eureka, ubicado en calle Los Plátanos, Viña del Mar, lugar donde la imputada Celedina, abuela del menor Luis Olaf, de 2 años a la fecha, solicita a las cuidadoras del jardín su entrega, para luego llevárselo, junto a la madre del menor, la imputada Paola Micolta, a un lugar no determinado de Viña del Mar. Posteriormente, la madre, junto con otros sujetos de nacionalidad colombiana, llevan el menor a un domicilio de la comuna de Cerro Navia, en la ciudad de Santiago, con la intención de sacarlo del país. Luego de diligencias investigativas practicadas por la PDI, se logra ubicar al menor en un domicilio de Cerro Navia, Santiago, quien se encontraba en el lugar junto con ambas imputadas. Cabe tener presente que el menor se encontraba bajo la custodia de su padre, quien tenía el cuidado personal del menor. La imputada Paola Micolta, madre del menor, habría ingresado a Chile desde Colombia por un paso ilegal, existiendo orden de detención vigente al momento de los hechos, por una condena del Juzgado De Garantía de los Andes, por 3 años y un día, del año 2016”; los que fueron calificados como delito de sustracción de menores del artículo 142 del Código Penal. Se precisa que los hechos de la formalización es consecuencia a que la amparada, de nacionalidad colombiana, mantuvo una relación de convivencia en Chile con el padre del niño Luis Olaf, de nacionalidad chilena, y durante su embarazo retorna a Colombia, donde nace su hijo, manteniendo ella el cuidado personal, agrega que es visitado por su padre y que ante la solicitud para traer a su hijo a Chile, accede y autoriza la salida del niño mediante documentación legalmente tramitada por un tiempo de dos meses. Transcurrido dicho plazo, el padre se niega a retornar a su hijo a Colombia, y ante la negativa, denuncia al padre en Colombia por delito de sustracción internacional de menor conforme a la Convención de la Haya de la que es parte

Fallo

por tanto, la garantía constitucional del artículo 19 Nº 7 de la Constitución Política del Estado y el artículo 7º de la Convención de Derechos Humanos, aspecto en que lo controvertido se vincula con el delito de sustracción de menor de 14 años, ilícito por el cual fuera formalizada la amparada, cuestionando el amparo la imputación referida en el sentido de que, en la especie, el padre no mantendría el cuidado personal del menor, sino que la madre recurrente, la que ostentaría dicha condición de acuerdo con la legislación colombiana y que traído el menor a Chile por su padre, éste no cumplió con su deber de devolvérselo a la madre con quien vivía. Tercero: Que informando el Juez de Garantía de Viña del Mar indica que lo discutido en la audiencia de revisión de la medida cautelar fue si el querellante y padre del menor tenía o no el cuidado personal del menor a la fecha de ocurrencia de los hechos materia de la formalización, asentando en este sentido que éste efectivamente lo tenía, configurando lo anterior una cuestión de hecho que de acuerdo con los antecedentes vertidos en la audiencia pertinente permiten justificar la existencia del delito investigado. Cuarto: Que, como se aprecia, el debate pone en evidencia que lo que se pretende por esta vía es modificar la prisión preventiva de la recurrente que fuera decretada en la audiencia de formalización del día 17 de noviembre de 2021 y que esta Corte confirmara el pasado 24 de noviembre de 2021 en causa Rol 2564-2021, por es

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparecen doña Catherine Ríos Ramirez y doña Alejandra Pizarro Catalán, abogadas, defensoras penales públicas, en representación de doña Paola Micolta Mendoza, actualmente formalizada y sujeta a la medida cautelar de internación, interponiendo recurso de amparo en contra de la resolución de fecha 20 d

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