MP TCO C/ VICTOR ALFREDO ALVAREZ RODRIGUEZ
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia,
Fundamentos
considerando esta Corte, que conforme a la declaración de testigos, particularmente de la madre del imputado, la dinámica de los hechos y también la declaración respecto de que algunas de las especies fueron encontradas en manos de los imputados, dan cuenta de la existencia de antecedentes que justifican los ilícitos por los cuales se ha formalizado y la participación que en ellos cabe a Sebastián Quilaqueo Sepúlveda y Víctor Álvarez Rodríguez, por lo que existen elementos suficientes como para justificar los requisitos contenidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; en cuanto a la necesidad de cautela, cabe tener presente que en relación a los ilícitos que se formalizaron, en especial el delito de robo con intimidación, tienen pena de crimen, que se ha obrado en grupo en pandilla y considerando además que en el caso de Víctor Álvarez Rodríguez, tiene causas anteriores, por lo que no aparece que los imputados puedan ser objeto de alguna pena sustitutiva en el evento de ser condenados. En consecuencia, la medida cautelar de prisión preventiva resulta adecuada a los fines del proceso como también proporcional a la antijuricidad que se demuestra con los antecedentes precedentes y que se vincula con los ilícitos por los que se formalizó a los imputados, que son, en el caso de Quilaqueo, el delito de robo con intimidación y secuestro, y en el caso de Álvarez, el delito de robo con intimidación, secuestro y porte ilegal de arma prohibida y munición, por lo que SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintitrés de octubre de dos mil veintidós, del Juzgado de Garantía de Temuco que decretó la prisión preventiva a los imputados VÍCTOR ALFREDO ÁLVAREZ RODRÍGUEZ y SEBASTIAN ANDRES QUILAQUEO SEPULVEDA, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-966-2022 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, tres de noviembre de dos mil veintidós. A lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, considerando esta Corte, que conforme a la declaración de testigos, particularmente de la madre del imputado, la dinámica de los hechos y también la declaración respect
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