CHEN CHAOXIAN /POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al no vulnerar o amenazar la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como la garantía de que la libertad personal no pueda ser afectada sino “en los casos previstos por la Constitución y las leyes”, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N° Amparo-4008-2022. Pronunciada por la Sala Tramitadora presidida por la Ministra señora Inelie Durán Madina e integrada por la Ministra (s) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el abogado integrante señor José Ramón Gutiérrez Silva.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N° Amparo-4008-2022. Pronunciada por la Sala Tramitadora presidida por la Ministra señora Inelie Durán Madina e integrada por la Ministra (s) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el abogado integrante señor José Ramón Gutiérrez Silva.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós.- pam. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Al folio N° 1: a lo principal, aténgase a lo que se resolverá. Al primer otrosí, por acompañados, a sus antecedentes. Al segundo otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo pr
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