COX CARRASCO CON CARVAJAL SALAZAR
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Que, sin perjuicio de compartir estos sentenciadores las consideraciones efectuadas por el tribunal a quo para efectos de configurar el daño moral cuyo resarcimiento ha sido solicitado por la demandante doña Ana María Alcayaga Stuardo, se estima más ajustado a la equidad rebajar la cifra concedida por tal concepto, conformándola con la entidad de los perjuicios efectivamente experimentados y acreditados con el dato de atención de urgencia que fue acompañado en el expediente, el cual da cuenta que la Señora Alcayaga sufrió producto de la colisión un latigazo cervical grado 1, y contusión clavicular derecha producidas por el mecanismo de desaceleración, lo que lleva a reducir el monto de la indemnización otorgado en los términos que se indicarán en lo resolutivo del fallo. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287, se CONFIRMA la sentencia apelada de veinte de diciembre de dos mil veintiuno, escrita de fojas 147 a 154 de autos con declaración que se rebaja el monto otorgado por concepto de daño moral a doña Ana María Alcayaga Stuardo a la suma de $1.000.000 (un millón de pesos). Se confirma en lo demás el fallo apelado. Rol Nº 109-2022 Policía Local.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287, se CONFIRMA la sentencia apelada de veinte de diciembre de dos mil veintiuno, escrita de fojas 147 a 154 de autos con declaración que se rebaja el monto otorgado por concepto de daño moral a doña Ana María Alcayaga Stuardo a la suma de $1.000.000 (un millón de pesos). Se confirma en lo demás el fallo apelado. Rol Nº 109-2022 Policía Local.-
Texto Completo (Preview)
Cox Carrasco, Fermín Carvajal Salazar, Ricardo Ley de Tránsito Rol N° 109-2022 (1382-2021 del Juzgado de Policía Local de Vicuña) La Serena, tres de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que, sin perjuicio de compartir estos sentenciadores las consideraciones efectuadas por el tribunal a quo para efectos de configurar el daño moral cuyo resarcimiento ha sido solicitado por la demandante doña An
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