ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que del contexto de la presentación de folio 1 y los documentos acompañados, se desprende que los actos que motivan el recurso y a contar de los cuales se debe contabilizar el plazo para deducir esta acción constitucional son, en definitiva, los dictámenes N° R-01-UME-100001-2022 y N° R-01-DRBS-96998-2022, de veintiuno y veintisiete de julio del año en curso, respectivamente, por los cuales quedó...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago rsa Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que del contexto de la presentación de folio 1 y los documentos acompañados, se desprende que lo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica