TRIBUNAL R. METROPOLITANA. TERCERO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

3 de noviembre de 2022

Materia

LIQUIDACIÓN

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que la controversia, en los términos que las partes lo han fijado en sus escritos fundantes, se recoge adecuadamente en los puntos N° 1 y 4 de la interlocutoria de prueba, razón por la cual, corresponde hacer lugar a la solicitudes de la reclamante y reclamada, en orden a eliminar los puntos de prueba N° 2 y N° 3, respectivamente. Por estas consideraciones y visto, lo dispuesto en el artículo 132 del Código Tributario, y demás normas pertinentes se confirma la resolución apelada de catorce de julio de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR – ...

Fallo

Por estas consideraciones y visto, lo dispuesto en el artículo 132 del Código Tributario, y demás normas pertinentes se confirma la resolución apelada de catorce de julio de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR – ...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: Que la controversia, en los términos que las partes lo han fijado en sus escritos fundantes, se recoge adecuadamente en los puntos N° 1 y 4 de la interlocutoria de prueba, razón por la cual, corresponde hacer lugar a la solicitudes de la reclamante y reclamada, en orden a eliminar los puntos d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica