JARAMILLO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PU´
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 5 de agosto del año en curso, comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, a favor de Luis Gustavo Jaramillo Martínez, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.032.064-5, ambos domiciliados para estos efectos en Camino San Ramón N°3898, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representada legalmente por su Director Nacional, don Luis Eduardo Thayer Correa, RUT N° 12.627.882-9, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Santiago, calle San Antonio N° 580, piso 3, Región Metropolitana. Señalan que el amparado de nacionalidad venezolana, ingreso al país en calidad de turista, estando dentro del país cambio su condición migratoria a residente temporario por visa otorgada, según consta en estampado de visa que se acompaña al primer otrosí de esta presentación, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Agregan que el 5 de febrero de 2022, solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva, sin embargo, hasta la fecha no ha recibido respuesta de la recurrida. Alegan que el actuar de la recurrida infringe los principios de celeridad, de inexcusabilidad y economía procedimental, contenidos en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, pues la actividad de la Administración no puede mantenerse infinitamente en el tiempo. Finalizan solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de permiso de residencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Con fecha 12 de septiembre de 2022, comparece Sebastián Miguel Aguirre Cabello, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la presente acción constituc
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se declara que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Luis Gustavo Jaramillo Martínez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.032.064-5, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte Rol 11.616-2022 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada. PRONUNCIADO POR LA PRIMERA SALA DE LA ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA, SUBROGANDO LEGALMENTE A LA TERCERA SALA.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, tres de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 5 de agosto del año en curso, comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, a favor de Luis Gustavo Jaramillo Martínez, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.032.064-5, ambos domiciliados para estos efectos en Camino San Ramón N°3898, c
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