SIN INFORMACION

SAMSON / MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece don Camilo Salvador Samson Jara, en favor de don Luis Argenis Herrera García, interponiendo recurso de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por haber dispuesto el cierre arbitrario de su solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 inciso 3 y 19 numeral 7, de la Constitución Política de la República. Indica que el recurrente solicitó la Visa de Responsabilidad Democrática el 08 de junio de 2020 ante el Consulado General de Chile en Caracas, solicitud signada con el N° 713444, junto a dicha solicitud el amparado se identificó con el pasaporte N° 104054877, documento que luego de su vencimiento fue renovado y que actualmente corresponde con el N° 161899749, sin embargo, el 11 de noviembre del año 2020 recibió un correo electrónico de carácter masivo por parte del consulado, manifestándole el cierre de sus procedimientos sin indicar razones de derecho específicas, sino razones en atención a la pandemia del covid-19, vulnerando el principio de reunificación familiar, evitando así su intención principal que es reunirse con su cónyuge, doña Yusbertti Yaquelin Barreto Galindez, quien se encuentra viviendo en el país con residencia regular, y con sus dos hijas, Yurgenis Valentina Herrera Barreto y Arlenis Valentina Herrera Barreto. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene al recurrido dejar sin efecto el acto administrativo y regularizar la situación migratoria del recurrente, admitiendo a trámite la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, acogerla, disponiendo un acto administrativo terminal con estricto apego a derecho. A folio 4, evacua informe la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. En primer término alega la extemporaneidad del recurso, toda vez que ha transcurrido más de un año desde que el recurrente tomó conocimiento de la situación de su so

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida en favor de Luis Argenis Herrera García, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección (Amparo) 133946-2022.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de noviembre de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece don Camilo Salvador Samson Jara, en favor de don Luis Argenis Herrera García, interponiendo recurso de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por haber dispuesto el cierre arbitrario de su solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, de conformidad con lo dispuesto en los artíc

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