JEAN-LOUIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 9 de septiembre de 2022, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en favor de Kesnel Jean Louis, de nacionalidad colombiana, domiciliado en calle Club Hípico N°4676, piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva. Indica que a la fecha de presentación del recurso han transcurrido dos meses desde que se efectuó ampliación de su solicitud de beneficio migratorio de permanencia definitiva, ocurrido en julio de 2022, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndola en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna –excediéndose del plazo legal de seis meses (sic)-, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida otorgar el acto administrativo terminal referente a la permanencia definitiva solicitada, cesando la vulneración de garantías fundamentales. Segundo: Que evacua el informe respectivo el abogado del Servicio Nacional de Migraciones Julián Salviat Silva, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que 7 de febrero de 2020, el recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva; que el 8 de enero de 2021 med
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Kesnel Jean Louis, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver la solicitud materia de estos autos en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°21.347-2022 Protección
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San Miguel, dos de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 9 de septiembre de 2022, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en favor de Kesnel Jean Louis, de nacionalidad colombiana, domiciliado en calle Club Hípico N°4676, piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional
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