SIN INFORMACION

CUENCA/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA, SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1. Leonarda Antonia Cuenca de Rondón, venezolana, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no habría emitido pronunciamiento sobre su prórroga de visa temporaria, solicitada el 3 de marzo de 2021, estimando que dicha omisión vulnera sus garantías constitucionales. Concluye solicitando que se ordene a la recurrida otorgar la prórroga solicitada, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. 2. Informando, Guillermo Andrés Soto Ortega, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitó el rechazo de la acción deducida. Señala que la solicitud de prórroga de visa temporaria de la recurrente fue resuelta con fecha 6 de octubre de 2021, oportunidad en la cual se le renovó la visa temporaria que ya tenía por el plazo de un año. Afirma que, sin embargo, la actora nunca descargó el estampado electrónico de su visa desde la plataforma digital de tramitación www.serviciomigraciones.cl, portal web que ya existía en el año 2021. Sostiene que se despachó en su oportunidad correo electrónico informando esta situación a la peticionaria a la dirección de correo electrónico señalada en sus antecedentes de contacto, doctora.leocuenca@gmail.com. Agrega que, hoy en día, el trámite se encuentra paralizado, pero puede ser retomado administrativamente mediante su ratificación, la que consiste en la actualización de sus datos de postulación, remitiéndolos en formato papel al Clasificador 8, Correo Central, Santiago. La nómina de los documentos que debe enviar los puede encontrar en www.serviciomigraciones.cl, en la página de inicio, opción “prórroga de residencia temporal”, y luego “documentación general y específica”. 3. En este caso, puesto que la solicitud de la recurrente fue resuelta en octubre de 2021, no existe una omisión ilegal o arbitraria atribuible al Servicio recurrido que constituya una perturbación, vulneración o amenaza a las garantías constitu

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Leonarda Antonia Cuenca de Rondón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-5701-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, dos de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1. Leonarda Antonia Cuenca de Rondón, venezolana, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no habría emitido pronunciamiento sobre su prórroga de visa temporaria, solicitada el 3 de marzo de 2021, estimando que dicha omisión vulnera sus garantías constitucionales.

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