ANDREA ROXANA HERNANDEZ VEZGA /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece ANDREA ROXANA HERNÁNDEZ VEZGA, de nacionalidad venezolana, e interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión ilegal y arbitraria en que se ha incurrido al omitir pronunciamiento respecto de la solicitud de Permanencia Definitiva, efectuada el 13 de diciembre de 2019; que pagó los derechos correspondientes el 14 de diciembre de 2020, tras lo cual no ha recibido respuesta a su solicitud. Hace presente que es madre del niño Lucas Zambrano Hernández nacido en Chile y además, se desempeña como asistente administrativo desde el 11 de junio de 2021 efectuando cotizaciones. Estima vulneradas las garantías contempladas en el artículo 19 N° 1, 16 y 21 de la Constitución Política de la República, vale decir, la igualdad ante la ley, la libertad de trabajo y su protección y el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional. Ha pedido se acoja el recurso adoptándose las medidas adecuadas para restablecer el imperio del derecho. Informó Carolina Pía Tapia Fierro, abogada de la Dirección Regional del Biobío del Servicio Nacional de Migraciones, quien ha solicitado el rechazo de esta acción, por no existir acto ilegal o arbitrario que atente en contra de las garantías que el artículo 19 de la Constitución Política de la República contempla. Expone, que la recurrente ingresó al país el 17 de julio de 2018, por el paso fronterizo Chacalluta. El 13 de diciembre de 2018, se le otorgó visa por primera vez por Resolución Exenta N °4804 válida hasta 20 de enero de 2020. El 13 de diciembre de 2019 presentó ante ese Servicio su solicitud de permanencia definitiva. El 9 de diciembre de 2021, se dictó Resolución Exenta N° 21408531, certificándose que su trámite se encuentra en la etapa de "Análisis resolutivo". Enseguida se refiere al marco jurídico por el que se rige el procedimiento a que se refiere este recurso, de lo que concluye que la recu
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña ANDREA ROXANA HERNÁNDEZ VEZGA en contra del Servicio Nacional de Migraciones, disponiéndose que el referido organismo deberá emitir pronunciamiento, mediante un acto administrativo terminal, respecto de dicha solicitud de permanencia definitiva, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles administrativos, plazo que se contará desde que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese oportunamente. Redacción de la ministra Valentina Salvo Oviedo. ROL N° 67.717 -2022 PROTECCIÓN.
Texto Completo (Preview)
Concepción, dos de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Comparece ANDREA ROXANA HERNÁNDEZ VEZGA, de nacionalidad venezolana, e interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión ilegal y arbitraria en que se ha incurrido al omitir pronunciamiento respecto de la solicitud de Permanencia Definitiva, efectuada el 13 de diciembre de 2019; que pagó los derec
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